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Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES). 2021

10 enero 2021
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Les Compartimos:  Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES).


Objetivos: 
General: Promover que las mujeres y los hombres que habitan las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, aprovechen los recursos naturales y la biodiversidad de forma sustentable.

Objetivos específicos: 

  • Impulsar el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad y los recursos naturales a través del desarrollo de actividades productivas sustentables, así como de proyectos de restauración de ecosistemas con fines productivos.
  • Promover la capacitación de las mujeres y los hombres que habitan las localidades asentadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
  • Promover la elaboración de estudios técnicos que permitan a las mujeres y a los hombres que habitan las localidades asentadas en los municipios y demarcaciones territoriales de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, planear, programar y ejecutar actividades sostenibles.
  • Prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de contingencias ambientales que ponen en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas en Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.

Cobertura

Población potencial: El total de mujeres y hombres de 18 o más años de edad, que habitan en localidades de los municipios o demarcaciones territoriales de las Áreas Naturales Protegidas, que se mencionan en el Anexo número 1 de las presentes Reglas de Operación.

La CONANP, previa justificación técnica y de manera excepcional, podrá adicionar Áreas Naturales Protegidas, municipios y/o demarcaciones territoriales a los previstos en el anexo número 1 de las presentes Reglas de Operación, cuando:
  • Se establezcan nuevas Áreas Naturales Protegidas de competencia Federal.
  • Se presenten modificaciones en los nombres de los municipios o demarcaciones territoriales que conforman las Áreas Naturales Protegidas.
De presentarse alguno de los supuestos anteriores, la CONANP a más tardar el último día hábil del mes de abril del ejercicio fiscal correspondiente, tramitará ante la Secretaría la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo por el cual se adicionan nuevas Área Naturales Protegidas, municipios y/o demarcaciones territoriales al Anexo número 1 de las presentes Reglas de Operación.

Población objetivo: Mujeres y hombres de 18 o más años de edad, que conformen grupos organizados, así como, Ejidos y Comunidades, que sean propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de los recursos naturales comprendidos en las localidades de los municipios o demarcaciones territoriales de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, enlistados en el Anexo número 1 de las presentes Reglas de Operación.

Los apoyos deberán ser otorgados sin distinción de género, raza, etnia, credo religioso, condición socioeconómica u otra causa que implique discriminación, a los solicitantes que cumplan con los requisitos que se señalan en las presentes Reglas de Operación.