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Convocatorias CONAFOR 2019

28 febrero 2019
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Les Compartimos: 

Recursos Económicos que el gobierno federal prevé en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y las transferencias y aportaciones que ingresen al Fondo Forestal Mexicano, que se otorgan por conducto de la Comisión Nacional Forestal a las personas beneficiarias de estas Reglas de Operación.

Para efecto de las siguientes Convocatorias se ha dividido el país en Siete Regiones quedando de la siguiente manera: 


En la siguiente Liga puede tener acceso a las convocatorias  por cada Región.






REGLAS de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural. (FIRA ) 2019

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REGLAS de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.



OBJETIVOS: Propiciar el acceso formal al sistema financiero, de los productores y empresas de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural y su integración en las redes de valor, mediante apoyos que les permitan organizarse para constituirse como sujetos de crédito, el fortalecimiento de sus empresas, su articulación a los mercados; considerando la aplicación de tecnologías de producción sostenible, así como el fortalecimiento de los Intermediarios Financieros y otras Entidades relacionadas con el otorgamiento de financiamiento para ampliar y profundizar la cobertura de servicios financieros en el medio rural.

Los apoyos a que se refieren las presentes Reglas de Operación son los siguientes:

  •  APOYO PARA ORGANIZACION DE PRODUCTORES Y ESTRUCTURACION DE PROYECTOS PARA EL FINANCIAMIENTO.
  •  APOYO PARA FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN EMPRESARIAL Y REDES DE VALOR.
  • APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS.
Las presentes Reglas de Operación se sujetan a la normativa aprobada por los Comités Técnicos de FIRA y a la contenida en las disposiciones, manuales y procedimientos de operación expedidos por los Fideicomisos, a las políticas y criterios que al respecto emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México en su carácter de fiduciario, a las estipulaciones contractuales celebradas entre los Fideicomisos y los Intermediarios Financieros participantes, así como a las demás disposiciones legales aplicables.

Requisitos, apoyos etc en Reglas de Operación. 

REGLAS de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario 2019

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Reglas de Operación del Programa de Aseguramiento Agropecuario 2019.



Objetivos Generales: Contribuir al desarrollo del seguro y administración integral de riesgos del sector agropecuario a través de la reducción del costo de las Primas o Cuotas que pagan los Productores Agropecuarios, así como apoyar la capacidad operativa y administrativa de los Fondos, Organismos Integradores y Organismos Integradores Nacionales.

Población Potencial: Productores Agropecuarios, sin distinción de género ni discriminación alguna, que se encuentren registrados en el padrón oficial de la SADER.


 Población ObjetivoProductores Agropecuarios, sin distinción de género ni discriminación alguna, que cumplan con los requisitos establecidos en estas Reglas.


 Población AtendidaProductores Agropecuarios que recibieron Recursos autorizados de este Componente, en virtud de haber cumplido con los requisitos de elegibilidad establecidos en estas Reglas.


Beneficiarios


A. Seguro agrícola: Son elegibles como beneficiarios los Productores Agropecuarios que aseguren cultivos cuando contraten y paguen la Prima o Cuota de una o varias de las coberturas de riesgo siguientes:

a) Climatológicos: sequía, exceso de humedad, heladas, bajas temperaturas, inundación, granizo, incendio, huracán, ciclón, tornado, tromba y vientos fuertes, onda cálida, falta de piso para cosechar, insuficiente cantidad de horas frío en cereales y nevada.
b) Relacionados con la nacencia: imposibilidad de realizar la siembra, no nacencia y taponamiento.
c) Biológicos: plagas y depredadores, así como enfermedades.


B. Seguro ganadero y de animales: 
Son elegibles como beneficiarios los Productores Agropecuarios que contraten y paguen la Prima o Cuota de coberturas para proteger especies pecuarias, acuícolas, apícolas y avícolas, en los términos establecidos en estas Reglas.

Requisitos y mas información en Reglas de Operación 

LINEAMIENTOS Programa de Microcréditos para el Bienestar 2019.

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LINEAMIENTOS para la operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar 2019.

Objetivos del Programa

General: a) Fortalecer las capacidades productivas y de emprendimiento de las Personas Microempresarias que viven en condiciones de marginación, a través de Apoyos mediante financiamiento, Asesoría y Capacitación.


Específicos:
a) Atender la necesidad y demanda de financiamiento de las Personas Microempresarias que viven en las zonas de cobertura del Programa.
b) Promover el desarrollo de capacidades financieras y empresariales básicas de las Personas Microempresarias, mediante Asesoría y Capacitación.
c) Impulsar la igualdad de género y la inclusión social y económica.
d) Promover la creación de nuevos y mejores empleos.

DE LA COBERTURA Y POBLACIÓN QUE ATENDERÁ EL PROGRAMA

El Programa tendrá cobertura en los municipios de Media, Alta y Muy Alta Marginación del país conforme a la clasificación del Consejo Nacional de Población. Se podrá atender también a municipios con altos índices de violencia, identificados con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Asimismo, el Consejo Directivo podrá autorizar la incorporación de localidades no consideradas en esta definición, siempre que sean consistentes con el logro de los objetivos del Programa.

 El Programa estará dirigido a la siguiente población:

I. Población Potencial: Población de entre 30 y 64 años de edad, con un Micronegocio en operación no agropecuario, que viva en las zonas de cobertura del Programa.

II. Población Objetivo: Proporción de la población potencial que es factible atender con los recursos aprobados al Programa en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal respectivo, y con los provenientes de los reembolsos que decidan hacer los beneficiarios para acceder a apoyos subsecuentes.

Montos de Apoyo y requisitos en Reglas de Operación 

REGLAS de Operación del Fondo Nacional Emprendedor (FNE-INADEM) 2019

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REGLAS de Operación del Fondo Nacional Emprendedor

El objetivo general del Fondo Nacional Emprendedor, en adelante FNE, es aumentar la productividad en las micro, pequeñas y medianas empresas, principalmente las ubicadas en los SECTORES PRIORITARIOS, mediante acciones que favorezcan el acceso al financiamiento; desarrollo de capital humano; fortalecimiento de capacidades productivas, tecnológicas y de innovación, así como su inserción en cadenas de valor y proveeduría.

Son objetivos específicos del Fondo Nacional Emprendedor:
  • Incrementar el grado de acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores a financiamiento y capital;
  • Desarrollar capacidades de gestión y habilidades gerenciales en las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores;
  • Fortalecer las capacidades productivas, tecnológicas y de innovación de las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores;
  • Incrementar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen un mejor funcionamiento y mayor valor agregado nacional;
  •  Promover un entorno propicio para el emprendimiento y desarrollo empresarial y de negocios, y
  • Asesorar y vincular a las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores a los programas públicos y privados que operan para su beneficio.


COBERTURA Y POBLACIÓN OBJETIVO

El FNE tiene una cobertura nacional y su POBLACIÓN OBJETIVO serán los EMPRENDEDORES y las MIPYMES que forman parte de la POBLACIÓN POTENCIAL y que el FNE tiene capacidad operativa y financiera para atender por medio de los APOYOS, en un determinado periodo o ejercicio fiscal, conforme a los términos y los criterios de elegibilidad establecidos en estas Reglas de Operación.


TIPOS, MODALIDADES Y MONTOS DE APOYO

Los APOYOS previstos en el FNE son subsidios a la inversión y serán otorgados de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, a través de CONVOCATORIAS públicas y ASIGNACIÓN DIRECTA, bajo las siguientes categorías:


I. Programas de Sectores Estratégicos y Desarrollo Regional;
II. Programas de Desarrollo Empresarial, y
III. Programas para MIPYMES.

En cada Convocatoria podrán existir distintas modalidades para el apoyo de los proyectos, las cuales serán determinadas por el CONSEJO DIRECTIVO y publicadas en las CONVOCATORIAS correspondientes.

 Los APOYOS del FNE se entregarán directamente a la POBLACIÓN OBJETIVO, y de manera indirecta por conducto de ORGANISMOS DISPERSORES en términos de estas Reglas de Operación, y de conformidad con los requisitos que se determinen en las CONVOCATORIAS que para tal efecto se expidan.


Los APOYOS podrán ser entregados también a la POBLACIÓN OBJETIVO en términos de los CONVENIOS que celebre el INADEM con los Organismos internacionales, multilaterales y bilaterales, el Consejo Coordinador Empresarial, las Instituciones Educativas especializadas en emprendimiento, y las Confederaciones de Cámaras Empresariales identificados en la Regla 21, para el desarrollo de PROYECTOS ESPECIFICOS.


En el caso de apoyar a las MIPYMES SINIESTRADAS, los apoyos podrán ser otorgados en términos de los CONVENIOS que celebre el INADEM con la SEDECO o su equivalente, el Ayuntamiento u ORGANISMO DISPERSOR distinto de los anteriores, que haya sido definido por el Gobierno de la Entidad Federativa. Identificados en la Regla 8.


Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, las Instituciones Públicas y Privadas, MIPYMES y EMPRENDEDORES deberán presentar la opinión positiva del cumplimiento de Obligaciones Fiscales por parte del Servicio de Administración Tributaria, con una vigencia no mayor a 3 meses, de conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, previo a la ministración de apoyo. En caso de que funjan como ORGANISMOS DISPERSORES deberán solicitar a los BENEFICIARIOS, EMPRENDEDORES y MIPYMES el cumplimiento y acreditación de la obligación señalada.


Con el objeto de asegurar la correcta aplicación del recurso federal por parte de los BENEFICIARIOS, así como la aportación anterior comprometida por estos para la ejecución de sus PROYECTOS, se establece la obligación al Beneficiario de presentar una fianza en términos del artículo 45 de la Ley de Tesorería de la Federación, cuando el monto de apoyo sea superior a $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), conforme a los criterios que se establezcan en cada una de las CONVOCATORIAS. Se exceptúan de esta obligación a los Gobiernos Estatales, Municipales y ORGANISMOS DISPERSORES.

La fianza se expedirá a favor de la Tesorería de la Federación y deberá presentarse en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la suscripción del Convenio. Una vez presentada la Fianza y validada por la Dirección General Adjunta de Asuntos Jurídicos se realizará la ministración del Apoyo atendiendo a los Lineamientos que en su caso apruebe el CONSEJO DIRECTIVO.

Los requisitos, montos de apoyo como toda la mecánica operativa consúltelo en REGLAS DE OPERACIÓN.

REGLAS de Operación del Programa para la Productividad y Competitividad Industria 2019

27 febrero 2019
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REGLAS de Operación del Programa para la Productividad y Competitividad Industrial para el ejercicio fiscal 2019.


OBJETIVOS

General: El Programa para la Productividad y Competitividad Industrial (PPCI) tiene como objetivo general mejorar la productividad de las empresas mediante el apoyo a proyectos e iniciativas de carácter industrial que propicien un crecimiento económico incluyente.
Específicos

Son objetivos específicos del PPCI en el ámbito del desarrollo incluyente por sectores e industrias:
  • Promover la integración de un mayor número de empresas en cadenas de valor;
  • Desarrollar el capital humano especializado que la industria requiera;
  • Promover mejoras en los procesos productivos y las cualidades de los productos que ofrecen las empresas.
  •  Promover el fortalecimiento y desarrollo sectorial;
  •  Desarrollar las capacidades productivas y la manufactura inteligente en las empresas pertenecientes a los sectores industriales del país, y
  • Fortalecer la política pública industrial a fin de facilitar la articulación de las cadenas de valor, la mejora de la productividad, la regionalización y el impulso a la diversificación.
Cobertura: El PPCI tiene una cobertura nacional y atiende a la Población Objetivo de los sectores e industrias considerados.

Población Potencial: Las personas morales que cuenten con una plantilla laboral a partir de 51 trabajadores registrados en el IMSS, que requieran resolver problemas que limitan su productividad, y que pertenezcan a alguno de los sectores 31 al 33, denominados Industrias Manufactureras, de acuerdo con el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte 2013 (SCIAN).

Población Objetivo: Las personas morales de la Población Potencial que desarrollan alguna de las actividades económicas señaladas en la Convocatoria, y requieran aumentar su productividad.


Tipos y Conceptos de Apoyo

  • Certificaciones y recertificaciones para formación de capital humano y mejora de procesos y
productos
  • Fortalecimiento y desarrollo sectorial.
  • Potenciación productiva.
Requisitos y mecánica operativa en Reglas de Operación

REGLAS de Operación del Programa CONAFOR 2019

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REGLAS de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2019. 

 Los componentes de apoyo, objetivos y personas elegibles para cada uno de éstos son los siguientes:

I. Componente Estudios Técnicos Forestales (ETF)


Objetivo: Apoyar la elaboración de estudios para obtener la autorización para el aprovechamiento legal de recursos forestales maderables y no maderables.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y las organizaciones que formen entre sí, definidas como elegibles para su incorporación y participación en el manejo forestal sustentable.

II. Componente Gobernanza y Desarrollo de Capacidades (DC)

Objetivo: Desarrollar y mejorar las capacidades y habilidades de personas propietarias, legítimas poseedoras de terrenos forestales e integrantes de los núcleos agrarios que aprueban sus asambleas, fortalecer y consolidar procesos de formación y capacitación para el manejo forestal sustentable y la gestión productiva con visión empresarial; así como la elaboración de herramientas eficientes para la planeación y ejecución de proyectos de desarrollo forestal sustentable.

Personas elegibles: i) Ejidos y comunidades con recursos forestales; personas propietarias y legítimas poseedoras con recursos forestales y sus organizaciones; ii) Los grupos participativos de interés común, definidos como elegibles; iii) Cámaras, Empresas, sociedades, asociaciones u organizaciones legalmente constituidas que realicen actividades de protección y conservación, aprovechamiento y transformación de recursos forestales o la promoción de la certificación forestal, redes de valor forestal y del consumo de productos forestales mexicanos certificados; que sean elegibles en términos de lo dispuesto por estas Reglas; iv) Organizaciones Sociales del Sector Forestal; v) Organizaciones regionales; vi) Alumnos(as) de los Centros de Educación y Capacitación Forestal; vii) Centros de Investigación e Instituciones de Educación Media Superior y Superior y viii) Comunidades instructoras.


III. Componente Restauración Forestal y Reconversión Productiva (RF)

Objetivo: Apoyar acciones y proyectos integrales de reforestación, restauración forestal y reconversión productiva, a efecto de recuperar la capacidad y el potencial natural de los ecosistemas forestales y de la cobertura forestal bajo condiciones de degradación, además de la recuperación gradual de la capacidad de provisión de bienes y servicios ambientales.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales, definidos como elegibles, cuyos terrenos presenten procesos de deterioro por la degradación de suelos, pérdida de vegetación forestal o áreas perturbadas por incendios, enfermedades o plagas forestales y desastres naturales.


IV. Componente Silvicultura, Abasto, Transformación y Comercialización (SAT)

Objetivo: Impulsar y apoyar acciones para la ejecución de las actividades contenidas en los programas de manejo forestal, estudios técnicos y planes de manejo de vida silvestre autorizados para el aprovechamiento de los recursos forestales maderables, no maderables y de vida silvestre, así como para optimizar el potencial productivo bajo los principios del manejo forestal sustentable, que incluyen la conservación de la biodiversidad, el mejoramiento de la infraestructura regional o a nivel de predio, la innovación y transferencia tecnológica, los proyectos para la generación de energía a través del aprovechamiento de biomasa forestal, la certificación forestal, la formación y fortalecimiento de empresas forestales, la creación y fortalecimiento deredes de valor forestal, la transformación y comercialización de los productos forestales mediante el equipamiento, la modernización y diversificación de la industria forestal.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales que cuenten con autorización vigente de aprovechamiento forestal maderable, no maderable o de la vida silvestre; ii) Ejidos, comunidades y organizaciones que realicen actividades de aprovechamiento y transformación legal de productos forestales; iii) Grupos en proceso de formación de empresa o integración de redes de valor forestal, empresas forestales y cadenas productivas forestales; iv) Personas físicas y morales dedicadas a la transformación y comercialización de productos forestales de origen nacional y de legal procedencia; v)Mujeres; vi) Grupos participativos de interés común; vii) Entidad grupal.


V. Componente Servicios Ambientales (SA)

Objetivo:
Fomentar la conservación activa de los ecosistemas forestales mediante incentivos económicos a personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, que de manera voluntaria deciden incorporar áreas al pago por servicios ambientales, así como fomentar la concurrencia de recursos económicos y operativos entre la CONAFOR y partes interesadas en constituir mecanismos locales para apoyar áreas estratégicas que deban ser incorporados a esquemas de conservación activa para mantener la provisión de servicios ambientales. Lo anterior con el objeto de incorporar prácticas de buen manejo para promover la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas, y fomentar la provisión en el largo plazo de los servicios ambientales, tales como la captación de agua, el mantenimiento de la biodiversidad, la captura y conservación del carbono, mismos que benefician a centros de población.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales definidos como elegibles, cuyos predios mantienen una cobertura forestal en buen estado de conservación, incluyendo a los que tienen manejo y aprovechamiento forestal autorizado por la SEMARNAT; ii) Las personas físicas y morales, incluyendo los tres órdenes de gobierno, que sean usuarias de servicios ambientales, interesadas en participar en la creación o fortalecimiento de mecanismos locales de pago por servicios ambientales, mediante la aportación de recursos económicos, humanos y operativos.


VI. Componente Plantaciones Forestales Comerciales (PFC)

Objetivo:
Fomentar el establecimiento y mantenimiento de Plantaciones Forestales Comerciales para contribuir a incrementar la producción y productividad forestal del país.

Personas elegibles:
Personas físicas, morales y jurídico-colectivas (ejidos y comunidades), que sean i) Propietarias o legítimas poseedoras de terrenos temporalmente o preferentemente forestales, ubicados dentro

de las áreas elegibles definidas por la CONAFOR publicadas en su página de internet y, en su caso, en las Convocatorias correspondientes; ii) Titulares de un aviso o autorización vigente para el establecimiento de Plantaciones Forestales Comerciales y en su caso, las personas que hubieran establecido Plantaciones Forestales con fines Comerciales sin apoyos gubernamentales; iii) Fondos de aseguramiento de plantaciones forestales comerciales legalmente constituidos.


VII. Componente Contingencias Ambientales Forestales (CAF)

Objetivo:
Prevención, combate y control de plagas e incendios forestales para reducirlas a niveles ecológicamente aceptables en los diferentes ecosistemas forestales a nivel nacional mediante el otorgamiento de apoyos para tratamientos fitosanitarios, atención de contingencias fitosanitarias y brigadas rurales de incendios forestales.

Personas elegibles: i)
Personas físicas o morales propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales que carezcan de recursos económicos y estén obligadas a realizar los trabajos de saneamiento forestal; ii) Personas morales que, sin ser propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, tienen entre sus funciones actividades de protección forestal; iii) Asociaciones Estatales y Regionales de Silvicultores; iv) Asociaciones Civiles que dentro de sus funciones las actividades de protección forestal, tal es el caso de la sanidad forestal; v) Entidades Federativas y Municipios.

Requisitos y las bases en Reglas de Operación. 

REGLAS de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria 2019.

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REGLAS de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación para el ejercicio fiscal 2019.


Objetivo general: Fomentar la innovación económica, por medio de la creación y fortalecimiento de Centros de Innovación Industrial (CII), y de políticas públicas que promuevan el desarrollo de ecosistemas de innovación.

Objetivos específicos.

El PROSOFT plantea dos objetivos específicos:

  •  Apoyar la creación y fortalecimiento de Centros de Innovación Industrial, con los siguientes rubros:
a) Adquisición del equipamiento técnico especializado para prestar los servicios que demandan la industria o industrias que atenderá;
b) Formación y especialización de capital humano demandado por la industria;
c) Servicios de consultoría para implementación tecnológica, y.
d) Adquisición y/o desarrollo de software especializado y/o plataformas especializadas de acuerdo a la vocación y los servicios que prestará el CII y/o para los programas de capacitación propuestos.

  • Apoyar las políticas públicas de innovación impulsadas por el Comité Intersectorial para la Innovación al que se refiere la Ley de Ciencia y Tecnología en su Artículo 41, como responsable del diseño y operación de la política pública de innovación, a través de instrumentos especializados de fomento a la innovación.

Población potencial: Son las personas morales de las vocaciones económicas regionales (empresa grande, empresa mediana o asociación empresarial como: clúster, cámara empresarial, asociación industrial o confederación de cámaras industriales) constituidas conforme a la legislación mexicana, que manifiestan la necesidad de generar innovación económica en sus procesos, productos o servicios.


Montos de apoyo, Requisitos etc. en Reglas de Operación



REGLAS de Operación del Programa (PROCODES) 2019

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Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES) para el ejercicio fiscal 2019.

Objetivos

General: Promover que las mujeres y los hombres que habitan las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, aprovechen los recursos naturales y la biodiversidad de forma sustentable para el desarrollo social y para mejorar sus medios de vida.


Objetivos específicos:

  • Impulsar el uso sustentable de la biodiversidad y los recursos naturales a través del desarrollo de actividades productivas sustentables, así como proyectos de restauración y conservación con fines productivos.
  • Promover la capacitación de las mujeres y los hombres que habitan las localidades asentadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
  •  Prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de contingencias ambientales que ponen en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas en Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
Población potencial: El total de mujeres y hombres que habitan en localidades de los municipios de las Áreas Naturales Protegidas, que se mencionan en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.

La CONANP, previa justificación técnica y de manera excepcional, podrá adicionar Áreas Naturales Protegidas y/o municipios a los previstos en el anexo número 1 de las Reglas de Operación, cuando:
- Se establezcan nuevas Áreas Naturales Protegidas de competencia Federal.
- Se presenten modificaciones en los nombres de los municipios que conforman las Áreas Naturales Protegidas.
De presentarse alguno de los supuestos anteriores, la CONANP, a más tardar el último día hábil del mes de abril del ejercicio fiscal correspondiente, tramitará ante la Secretaría la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo por el cual se adicionan nuevas Área Naturales Protegidas y/o municipios al Anexo número 1 de las Reglas de Operación.


 Población objetivo

Mujeres y hombres de 18 o más años de edad, que conformen grupos organizados; Ejidos o Comunidades y Personas Morales, que sean propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de los recursos naturales comprendidos en las localidades de los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, enlistados en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.

Los apoyos deberán ser otorgados sin distinción de género, raza, etnia, credo religioso, condición
socioeconómica u otra causa que implique discriminación, a los solicitantes que cumplan con los requisitos que se señalan en las Reglas de Operación.


Tipo de apoyo


Los tipos de apoyo que el PROCODES otorgará son los siguientes:

I. Estudios técnicos: Consisten en la elaboración de estudios que constituyan herramientas de planeación, programación y evaluación en torno a estrategias y líneas de acción para el desarrollo sostenible de las localidades ubicadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.

II. Proyectos: Realización de actividades para la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad, restauración ecológica o para el establecimiento, construcción y/o conservación de la infraestructura ambiental y productiva.

III. Cursos de capacitación: Apoyos que tendrán la finalidad de realizar cursos y/o talleres de capacitación sobre las líneas de acción para la conservación y desarrollo sostenible.

IV. Brigadas de contingencia ambiental: Apoyos destinados a la prevención, mitigación y restauración de las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de incendios forestales, sismos, actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro la integridad los ecosistemas.

Las especificaciones correspondientes a cada uno de estos tipos de apoyo se definen en el Anexo número 2 de las Reglas de Operación.

A fin de promover la equidad de género en el acceso y beneficios del PROCODES, en el caso de proyectos y cursos de capacitación, en los que exista la participación de mujeres, las personas beneficiarias podrán disponer de hasta un 17% del monto total aportado por la CONANP, para el financiamiento de acciones afirmativas con perspectiva de género, mismas que deberán especificarse en el expediente técnico del proyecto o de la brigada de contingencia y en los términos de referencia del curso de capacitación.

Requisitos, bases y apoyos ver en Reglas de operación

REGLAS de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola

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REGLAS de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2019.



Objetivo: Preservar y mejorar la infraestructura hidroagrícola además de ampliar la superficie bajo riego en áreas de temporal tecnificado, para contribuir a mantener la producción en la agricultura de riego y de temporal tecnificado; así como promover proyectos productivos en Zonas de Atención Prioritaria.

La infraestructura hidroagrícola constituye un elemento esencial para alcanzar los objetivos nacionales en materia alimentaria, de generación de empleos, de incremento del ingreso y de mejoramiento del nivel de vida de los productores y habitantes en el medio rural.

Población objetivo: Las acciones comprendidas en estas Reglas de Operación se establecen para su aplicación sin distinción de género, raza, credo religioso, condición socio-económica, ni cualquier otra que implique discriminación y están dirigidas a las ACU, SRL y Usuarios Hidroagrícolas de los distritos y unidades de riego, Distritos y Unidades de Temporal Tecnificado, y Zonas de Atención Prioritaria, y que cumplan los requisitos generales, específicos y procedimientos de selección, sujeto a disponibilidad presupuestal.

Cobertura: El Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola aplica en todos los distritos y unidades de riego, distritos y unidades de temporal tecnificado, así como en zonas de atención prioritaria.

Requisitos y bases del programa en Reglas de operación 




Lineamientos de Operación del Programa Crédito Ganadero a la Palabra 2019

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Objeto del Programa

 General:
Incrementar la productividad del pequeño productor pecuario, mediante la entrega de apoyos en especie y acciones de capitalización productiva integral sustentable.

Específicos

a. Incrementar los inventarios de bovinos, ovinos, porcinos, caprinos y abejas;
b. Apoyar el equipamiento y obras de infraestructura pecuaria;
c. Incrementar la disponibilidad de alimento, suplementaciones minerales proteinizadas; y sacáridas para el consumo de especies pecuarias, y
d. Brindar servicios técnicos.

Población objetivo: El Programa está orientado a apoyar al pequeño productor pecuario, sea éste persona física o moral, en sus diferentes especies.

Cobertura del Programa: Es de cobertura Nacional; prioritariamente se ejecutará en las entidades federativas de Campeche, Chiapas, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Michoacán de Ocampo, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas.

Apoyos

El Programa operará con cuatro componentes:

I. Componente de repoblamiento de hato pecuario
No.
TIPO DE APOYO
CONCEPTO DE APOYO
APOYO MÁXIMO
1
Repoblamiento Bovino
Novillona o vaquilla con sanidad y enedad reproductiva, preferentementecargada.
Para persona física: hasta 10novillonas o vaquillas porpequeño productor.
Para persona moral legalmente constituidas: Hasta 10 vaquillas por socio solicitante activo y hasta 100 vaquillas por persona moral o lo que resulte menor.
 
 
Semental de registro con calidadgenética, sanidad y en edadreproductiva.
Para persona física: Unsemental de registro
Para persona moral legalmente constituida: un semental por cada 25 vientres que posea lapersona moral, hasta 4sementales.
2
Repoblamiento Ovino y/o
Caprino
Vía rescate de triponas
Tripona o primala con sanidad y en edad reproductiva, preferentemente cargada.
Para persona física: hasta 50triponas primalas.
Para persona moral legalmente constituida: hasta 50 triponas o primalas por socio solicitante activo; y hasta 500 hembras por persona moral, o lo queresulte menor
Semental de registro con sanidad y enedad reproductiva.
Para persona física: Hasta dos sementales de registro.
Para persona moral: unsemental por cada 35 vientres que la organización posea y hasta 20 sementales por persona moral.
 
3
Repoblamiento Porcino
Vientres con sanidad y en edadreproductiva, preferentemente cargados.
Para persona física: Hasta 20 vientres por pequeño productor pecuario.
Para persona moral legalmente constituida: hasta 20 vientres por socio solicitante activo y hasta 200 vientres por persona moral, o lo que resulte menor.
Semental de registro con sanidad y enedad reproductiva.
Para persona física: Unsemental de registro.
Para persona moral legalmente constituidas: hasta 1 semental por socio solicitante activo y hasta 10 sementales por persona moral, o lo que resultemenor.
4
Repoblamiento Apícola*
Abejas Reinas y/o núcleos y/o ceraestampada.
Para persona física: Abejasreinas, núcleos y ceraestampada hasta para el 50% de las colmenas, hasta 200 colmenas.
Para persona moral: Apoyospara hasta el 50% de lascolmenas que posean cadauno de sus integrantes, hasta 200 colmenas.
*Las unidades apícolas beneficiarias podrán ser apoyadas con hasta tres de los conceptos de apoyo previstos.
En las UPP bovinas, ovinas, caprinas y porcinas; en función de los elementos del Diagnóstico, los beneficiarios podrán ser apoyados hasta con cuatro de los conceptos previstos.


II.-Componente de equipamiento y obras de infraestructura pecuaria.

Las solicitudes para repoblamiento del hato pecuario podrán ser complementadas con los siguientes tipos de apoyo:
No.
TIPO DE APOYO
CONCEPTO DE APOYO
APOYO MÁXIMO
1
Equipamiento y obras de
infraestructura pecuaria para
bovinos, ovinos, caprinos y
porcinos.
Equipamiento y obras de infraestructura para el almacenamiento, captación yconducción de agua.
Bebederos, comederos, sombreaderos, prensa ganadera (shute) y báscula.
Cercado con postería de larga vida útil.
Para persona física: en función de la infraestructura disponible en la UPP, sin rebasar $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N).
Para persona moral legalmente constituida: en función de la infraestructura disponible en la UPP, sin rebasar $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) por socio solicitante activo y hasta$500,000.00 (quinientos milpesos 00/100 M.N.) por persona moral o lo que resulte menor.
2
Equipamiento apícola para
protección, manejo y
extracción.
Ahumador, cuña, desoperculador,vestimenta de protección y extractormanual de miel.
Para persona física: hasta$20,000 pesos (veinte mil pesos 00/100 M.N.).
Para persona moral: Apoyospara hasta el 50% de lascolmenas que posean cada uno de sus integrantes, hasta 200 colmenas. Sin rebasar $40,000 pesos (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.)
*Para equipamiento y obras de infraestructura pecuaria para bovinos, ovinos, caprinos y porcinos se podrán otorgar hasta cuatro conceptos de apoyo.

III. Componentes de complementos alimenticios.

Las solicitudes para repoblamiento del hato pecuario podrán ser complementadas con los siguientes tipos de apoyo:
No.
TIPO DE APOYO
CONCEPTO DE APOYO
APOYO MÁXIMO
1
Rehabilitación de praderas y
producción de forrajes
Insumos como: semilla, fertilizante,herbicidas contenidos en un paquetetecnológico.
El paquete tecnológico correspondiente deberá ser autorizado por la CGG a solicitud de la Instancia Ejecutora, validando los paquetes por una instancia de investigación o educación superior.
Para persona física: Hasta diez hectáreas por UPP. Sin rebasar 100 mil pesos.
Para persona moral: Hasta diez hectáreas por productorlegalmente asociado, vigente y en activo. Sin rebasar 500 mil pesos por persona moral, o lo que resulte menor.
 
2
Rehabilitación de pastizales
y otros.
Insumos como: semilla, materialvegetativo, control mecánico o químico de especies vegetales indeseables, contenidos en un paquete tecnológico.
El paquete tecnológico correspondiente deberá ser autorizado por la CGG a solicitud de la Instancia Ejecutora.
Validados, los paquetes por unainstancia de investigación o educación superior.
Para persona física: Hasta diez hectáreas por UPP. Sin rebasar 100 mil pesos.
Para persona moral: Hasta cien hectáreas por UPP. Sin rebasar 500 mil pesos por persona moral.
Hasta diez hectáreas porUnidades de ProducciónAgropecuarias.
Para persona moral: Hasta diez hectáreas por productorlegalmente asociado, vigente y en activo. Sin rebasar 150 mil pesos por persona moral.
Agro-reforestaciones productivassustentables.
Para Agro-reforestacionessustentables hasta 15 mil pesos por hectárea y hasta 8 hectáreas por persona física. Para persona moral hasta 500 mil pesos.
3
Suplementos alimenticios y
otros
Sales minerales y alimentos ricos enproteínas.
Para persona física: hasta$9,500.00 (nueve mil quinientos pesos) por pequeño productor pecuario.
Para persona moral: hasta$25,000.00 (veinticinco milpesos), sin rebasar $9,500.00(nueve mil quinientos pesos) por socio solicitante activo.
Para los apicultores: adquisición desacáridos y otros insumos para la torta apícola de estiaje.
Para persona física: hastacuarenta mil pesos.
Para persona moral: hasta cien mil pesos, sin rebasar cuarenta mil pesos por socio solicitante activo.
 
IV.    Componente de servicios técnicos.

Los rubros sobre los cuales consistirán los servicios técnicos serán: a) atención de problemáticas de los pequeños productores pecuarios; b) acompañamiento técnico; c) seguimiento técnico.
Los servicios técnicos del Programa se desarrollarán a través del apoyo de Profesionistas Pecuarios (Veterinarios, Técnicos Zootecnistas y otros) vía extensionismo, adiestramientos y asesorías pecuarias integrales que orientarán a los beneficiarios en los temas de sanidad; adecuado manejo reproductivo del hato pecuario, así como de los relacionados con alimentación producción de pastos y forrajes, servicios veterinarios, entre otros.

Los costos y el alcance de los servicios técnicos se determinarán a través de convenios de colaboración o concertación que podrán realizarse con la intervención de Agentes Técnicos que determine la Unidad Responsable.

Para consultar las bases y requisitos consulte lineamientos completos aquí;