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REGLAS de Operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar 2020.

27 febrero 2020
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Les compartimos; REGLAS de Operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar 2020.

Objetivo General: Fomentar la consolidación de las actividades productivas de las personas que inicien (Modalidad Mes 13 JCF) o cuenten (Modalidad Consolidación) con un Micronegocio a través de Apoyos mediante financiamiento y, posteriormente, de Apoyos mediante asesoría y capacitación.

Para la Modalidad Consolidación, el Programa tiene cobertura nacional, en 2,227 municipios y 2,401 localidades que se detallan en el Anexo 4, los cuales presentan media, alta y muy alta marginación, y/o presencia de población indígena o afromexicana, y/o altos índices de violencia, de acuerdo con información del Consejo Nacional de Población, del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respectivamente. Para la Modalidad Mes 13 JCF, la cobertura será la del Programa JCF.

DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS

OCTAVA.- Del total de los recursos aprobados al Programa, el 94.05% se destinará al otorgamiento de apoyos directos a la población objetivo. Los gastos asociados a la operación, capacitación, supervisión y evaluación externa del Programa, no serán mayores al 5.95%.

NOVENA.- El Programa considera el acceso a Apoyos mediante financiamiento sin intereses que se entregarán en forma individual a las personas que cumplan los Criterios de elegibilidad y los requisitos establecidos en las Reglas SEXTA y SÉPTIMA, respectivamente, conforme a lo siguiente, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria:

Esquemas de entrega de Apoyos mediante financiamiento
Apoyo
Monto del
apoyo
Monto del
reembolso
mensual
Número de
mensualidades para
el reembolso
Periodo de gracia
inicial
Primero
$6,000.00
$600.00
10
Un mes
Segundo
$10,000.00
$1,000.00
10
Un mes
Tercero
$15,000.00
$1,500.00
10
Un mes
Cuarto
$20,000.00
$2,000.00
10
Un mes
Las Personas Beneficiarias que hayan recibido un primer Apoyo mediante financiamiento y reembolsen en su totalidad el monto original al Programa en hasta diez reembolsos mensuales de $600.00 (seiscientos pesos 00/100 M.N.) cada uno, con un mes de gracia inicial, podrán tener acceso al beneficio adicional de un segundo Apoyo mediante financiamiento sin intereses, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.

El reembolso de la totalidad del segundo Apoyo en hasta diez parcialidades mensuales de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) cada una, con un mes de gracia inicial, permitirá acceder al tercer Apoyo mediante financiamiento sin intereses, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.

El reembolso de la totalidad del tercer Apoyo en hasta diez parcialidades mensuales de $1,500.00 (un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) cada una, con un mes de gracia inicial, permitirá acceder al cuarto Apoyo mediante financiamiento sin intereses, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.
El reembolso de la totalidad del cuarto Apoyo en hasta diez parcialidades mensuales de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.) cada una, con un mes de gracia inicial, permitirá a la Persona Beneficiaria acceder en forma preferencial a otros programas orientados a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) de la Secretaría.


Si una Persona Beneficiaria adelanta sus reembolsos cubriendo el total de su Tanda, podrá solicitar un apoyo subsecuente a partir del séptimo mes posterior al cobro de su apoyo.

Los reembolsos deberán ser por las cantidades establecidas o en múltiplos de ellas.

Las Personas Beneficiarias que así lo deseen podrán optar porque sus apoyos subsecuentes sean por el mismo monto y plazo que alguno de los apoyos recibidos con anterioridad. El número máximo de apoyos que podrán recibir por parte del Programa es de cuatro (uno inicial y tres subsecuentes).


Las Personas Beneficiarias que lleven a cabo el reembolso de sus Apoyos mediante financiamiento subsecuentes en tiempo y forma podrán recibir, por parte de la Coordinación, una constancia de cumplimiento.

Todos los detalles en Reglas de Operación.


Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART) 2020

03 enero 2020
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Les Compartimos: 

Reglas de Operación de Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART), para el ejercicio fiscal 2020.


Objetivo General: Contribuir al bienestar social e igualdad mediante la consolidación de los proyectos productivos artesanales.

Objetivo Específico: Consolidar los proyectos productivos de las y los artesanos teniendo como prioridad a los que habiten en zonas de población mayoritariamente indígena, zonas con alto o muy alto índice de marginación o zonas con altos índices de violencia.

 Cobertura: El Programa operará a nivel nacional.
Población Objetivo: La población objetivo del FONART son las mujeres y los hombres con actividad artesanal que habitan en zonas con alto o muy alto índice de marginación o zonas con altos índices de violencia.
La identificación de personas se realizará teniendo como prioridad a las y los artesanos que habiten en zonas de población mayoritariamente indígena, zonas con alto o muy alto índice mayor de marginación o zonas con altos índices de violencia, así como aquellas regiones de atención que determine la Coordinación General.

Tipos y Montos de Apoyo

  •  Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica

  • Capacitación Integral: El FONART podrá cubrir los gastos asociados a tal actividad hasta por un monto de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) por artesana y/o artesano, debiendo integrarse en grupos de por lo menos 15 personas. La capacitación integral podrá tener una duración de hasta 12 meses.
  • Asistencia Técnica: La asistencia técnica atiende necesidades específicas de conocimiento vinculadas al mejoramiento de la condición productiva de las y los artesanos. El FONART podrá cubrir los gastos asociados a tal actividad hasta por un monto de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N) por artesana y/o artesano, debiendo integrarse en grupos de al menos 15 personas. La duración de la asistencia técnica podrá ser de hasta 6 meses.

  • Apoyos para impulsar la Producción:  Se podrán otorgar apoyos individuales con recursos económicos y/o en especie hasta por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) al año, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal,  Cuando las y los artesanos se encuentren recibiendo apoyos por la vertiente de Capacitación Integral y/o Asistencia Técnica, se les podrán otorgar dos apoyos adicionales en el año por la vertiente de Apoyos para Impulsar la Producción, sin que la suma de ambos apoyos rebase $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), por persona.
  • Acopio de Artesanías: Esta vertiente tiene el objetivo de ampliar las opciones de la comercialización de la producción de las artesanas y/o artesanos, a través de: Se otorgará a las o los artesanos, un monto de apoyo hasta por $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) al año, para impulsar la comercialización de su producción, que podrá ser exhibida en las tiendas del FONART.
  •  Demanda Comercial Específica: Consiste en atender la demanda del mercado, a través de la identificación de las o los artesanos que podrían atender el requerimiento y la organización del pedido, otorgándoles previa autorización del Comité de Validación y Aprobación de Proyectos Artesanales (COVAPA) un apoyo de hasta $225,000.00 (doscientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) por solicitud, y en lo individual puede superar los $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) al año. Lo anterior, independientemente que la demanda pudiera ser por un monto mayor, ya que permite incrementar el potencial de comercialización de las o los artesanos, a través de la colocación de las artesanías que producen en los diferentes puntos de venta del FONART.
  • Apoyos Individuales para Ferias y Exposiciones:  Para las ferias nacionales el apoyo individual se otorgará hasta por $15,000.00 pesos (quince mil pesos 00/100 M.N.)  En el caso de las ferias y/o exposiciones internacionales, los montos podrán superar los $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) al año por artesana y/o artesano y hasta por un monto de $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), previa autorización del COVAPA.
  • Apoyos Individuales para la Promoción Artesanal en Ferias y/o Exposiciones: Se otorgarán recursos económicos de hasta $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.), de manera anual y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.
  •  Concursos de Arte Popular:Los montos de los premios otorgados para los concursos convocados por el FONART serán diferentes de acuerdo a la cobertura, tipo de obra, técnica, materiales y tiempo de elaboración. Los montos máximos de premio por persona y por tipo de concurso serán los siguientes:
  1. Gran Premio Nacional de Arte Popular: hasta por $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
  2. Nacional: hasta por $125,000.00 (ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N.)
  3. Regional: hasta por $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 M.N.).
  4. Estatal: hasta por $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N.).
  5. Local: hasta por $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.).
  •  Apoyos para la Salud Ocupacional: Este apoyo se podrá otorgar hasta por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) de forma individual y de manera anual, para la adquisición de prendas, accesorios y equipo que permita mejorar el bienestar físico de las artesanas y los artesanos, previo diagnóstico. 
  • Corredores Artesanales: Esta vertiente beneficia a las y los artesanos, por un monto de hasta $85,000.00 (ochenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) al año, a través de un proyecto integral de intervención que comprende, la realización de las acciones de formación y desarrollo (capacitación) remodelación del área de sanitario, de producción y de servicios, así como la creación de espacios para exhibición y venta de la obra artesanal, señalización de talleres y material promocional, necesarias para su inserción en el mercado de la promoción turística.
  •  Apoyos para Proyectos Artesanales Estratégicos:  El monto máximo de apoyo será de $120,000.00 (ciento veinte mil pesos 00/100M.N.) por proyecto. El recurso será entregado, a las y los estando sujetas al alcance de los objetivos, debiendo considerar por lo menos cuatro de los seis siguientes conceptos:

Hasta el 50% del monto total del proyecto en mejoramiento en el proceso productivo
Incorporar nuevas técnicas, instrumentos tecnológicos, equipamiento e infraestructura que fortalezca los procesos productivos y el desarrollo de la producción.

Hasta el 20% del monto total del proyecto en capacitación Técnica y/o Administrativa.
Obtener conocimientos, desarrollo de habilidades y aptitudes que favorezcan el desarrollo artesanal; a fin de incrementar la competitividad y el buen manejo de los recursos artesanales.

Hasta el 20% del monto total del proyecto en Formalización y Asociacionismo.
Promover la organización formal de la actividad artesanal para así posicionarse en el mercado nacional e internacional.

Hasta el 30% del monto total del proyecto en compra de insumos inherentes a la actividad artesanal
Contar con la materia prima necesaria para a mejorar la calidad de las artesanías; así como, el fortalecimiento productivo de la actividad artesanal.

Hasta el 15% del monto total del proyecto en Estudio de Mercado o Investigaciones.
Conocer y contar con la información puntual a fin de coadyuvar en el desarrollo y mejora de estrategias de comercialización; así como la identificación de oportunidades del desarrollo artesanal

Hasta el 15% del monto total del proyecto en Promoción y Difusión.
Promover y difundir la actividad artesanal mediante estrategias en medios electrónicos e impresos a fin de incrementar la promoción y comercialización de las artesanías.



Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS) 2019

26 octubre 2019
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Les Compartimos  Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS), para el ejercicio fiscal 2019.


 Objetivo General: Contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social. 

Objetivo Específico: Impulsar la cohesión social de personas en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el apoyo de proyectos de cohesión social. 3 Lineamientos 3.1 Cobertura El PCS tiene cobertura nacional.

Población Objetivo: Este programa está dirigido a las personas de municipios indígenas que comprende a la población que habita en localidades de por lo menos 100 habitantes y dónde al menos el cuarenta por ciento (40%) se  identifique como población indígena y catalogados de alta y muy alta marginación, conforme al Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2019, así como en el Catálogo de Localidades Indígenas 2010. 


Lineamientos de Operación del Programa Sembrando Vida 2019

25 enero 2019
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Lineamientos de Operación del Programa Sembrando Vida, Para este ejercicio fiscal 2019

Objetivo General:Contribuir al bienestar social e igualdad social y de género mediante ingresos suficientes de los sujetos agrarios en localidades rurales.

Objetivo Específico: Lograr que los sujetos agrarios con ingresos inferiores a la línea de bienestar rural, en localidades rurales, cuenten con ingresos suficientes para hacer productiva la tierra.

Cobertura y Población Potencial: El Programa tiene cobertura para la población considerada como objetivo, en las siguientes 19 entidades federativas: 1. Campeche, 2. Chiapas, 3. Chihuahua, 4. Colima, 5. Durango, 6. Guerrero, 7. Hidalgo, 8. Michoacán, 9. Morelos, 10. Oaxaca, 11. Puebla, 12. Quintana Roo, 13. SanLuis Potosí, 14. Sinaloa, 15. Tabasco, 16. Tamaulipas, 17. Tlaxcala, 18. Veracruz y 19. Yucatán.

La población potencial es el conjunto de sujetos agrarios en localidades rurales de las 19 entidades federativas en las que operará el Programa.

Población Objetivo: Sujetos agrarios mayores de edad que habitan en localidades rurales, cuyo ingreso es inferior a la línea de bienestar rural y que son propietarios o poseedores de 2.5 hectáreas disponibles para ser trabajadas en un proyecto agroforestal.


3.6 Tipos y Montos de Apoyo:

Los apoyos establecidos en este Programa podrán otorgarse hasta donde el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019 lo permita.

Los sujetos agrarios beneficiados por el programa contarán con los siguientes apoyos: apoyo económico según se establece en el numeral 3.6.1, y podrán contar con los siguientes apoyos en especie, dependiendo del tipo de cultivo a establecerse en cada territorio: plantas, insumos,herramientas, viveros comunitarios y biofábricas. Adicionalmente, contarán con acompañamiento técnico y formación permanente.

3.6.1 Apoyos económicos para fomentar el bienestar de los sujetos agrarios.

El sujeto de derecho, recibirá un apoyo económico de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.) mensuales por el cumplimiento del plan de trabajo del Programa en la unidad de producción de 2.5 hectáreas, de los cuales, $500.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N.) se destinará comoahorro del sujeto de derecho; de esta cantidad, hasta $450 (Cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 podrán ser destinados a una cuenta de ahorro de una institución financiera con sucursales en las localidades rurales, y cuando menos $50 (Cincuenta pesos 00/100 M.N.) podrán serdestinados al Fondo de Bienestar. Se fortalecerá el acceso equitativo de los sujetos de derecho a los apoyos económicos del Programa.

3.6.2 Apoyos en especie para la producción agroforestal.

El mecanismo para el otorgamiento de los apoyos en especie, se realizará de la siguiente manera: todos los apoyos en especie se entregarán en cada uno de los territorios establecidos por el programa; el lugar preciso de la entrega será determinado por los coordinadores regionales yterritoriales, previo informe a la Secretaría de Bienestar. Una vez que los apoyos en especie estén en los territorios, los técnicos productivos y sociales serán los responsables de entregar a los sujetos agrarios en las fechas previamente determinadas.

3.6.2.1 Plantas.
El sujeto de derecho, recibirá en especie las plantas necesarias para implementar el programa agroforestal en su unidad productiva y de acuerdo a la vocación productiva de la región.
La cantidad y tipo de plantas, así como el período de entrega y siembra, estará definida en los planes de trabajo elaborados por los Técnicos(as) Productivos en conjunto con los Facilitadores(as), los cuales serán revisados por los Coordinadores(as) Territoriales y Regionales.

3.6.2.2 Insumos.

El sujeto de derecho recibirá en especie los insumos necesarios para desarrollar el programa agroforestal en su unidad de producción, los cuales podrán variar de acuerdo al tipo de cultivo a establecerse en cada territorio, considerando la vocación productiva de la región, la pertinenciacultural y la perspectiva de género.

3.6.2.3 Herramientas.

El sujeto de derecho recibirá en especie un paquete de herramientas para realizar las actividades en su unidad de producción. Los paquetes de herramientas considerarán la perspectiva de género e intercultural, con el fin de garantizar su apropiación de acuerdo al contexto y de tratarsede mujeres y hombres.

3.6.2.4 Vivero Comunitario.

Se establecerán viveros comunitarios en cada una de las localidades seleccionadas, los cuales tendrán los materiales e insumos necesarios para producir 50 mil plantas al año. Los viveros serán atendidos por los sujetos de derecho con el acompañamiento de los Técnicos(as)Productivos.
Todos los sujetos de derecho, en tanto formen parte del programa, atenderán los viveros comunitarios ubicados en sus territorios, en los cuales, se producirán las plantas para sus unidades de producción.
Si los sujetos de derecho salen del Programa, no tendrán derecho a la producción de los viveros, su participación es parte integral del Programa y territorialmente se organizarán para dedicar los tiempos de atención y participación correspondientes.

3.6.2.5 Biofábrica.

Se establecerán biofábricas de insumos en localidades seleccionadas, las cuales tendrán los materiales necesarios para elaborar biofermentos, biopreparados y otras sustancias agroecológicas que promuevan la agricultura orgánica. Las biofábricas serán atendidas por los sujetos dederecho con el acompañamiento de los Técnicos(as) Productivos.

Se fomentará también la elaboración de compostas, aprovechando el material que se encuentra en las unidades de producción.

Todos los sujetos de derecho, en tanto formen parte del Programa, atenderán las biofábricas en sus territorios, en las cuales, se producirán los insumos orgánicos para sus unidades de producción.
Si los sujetos de derecho salen del Programa, no tendrán derecho a la producción de las biofábricas, su participación es parte integral del programa y territorialmente se organizarán para dedicar los tiempos de atención y participación correspondientes.

3.6.3 Acompañamiento técnico para la implementación de sistemas agroforestales

Los Técnicos (as) trabajarán con los sujetos de derecho en un espíritu de compartir conocimientos y experiencias, aprendiendo de la sabiduría de las gentes que han convivido con la naturaleza, y especialmente con su territorio específico, por muchas generaciones.

Las CACs son las reuniones semanales de 25 sujetos de derecho para la generación de conocimiento a través del intercambio de experiencias y la formación, sus principales finalidades son: establecer y desarrollar sistemas agroforestales; promover y fortalecer la organizacióncomunitaria; e impulsar la cooperación para lograr la generación de riqueza y diversificación de ingresos. Cada CAC se reunirá al menos dos veces al mes y estará acompañada por un(a) Técnico(a) Social, un(a) Técnico(a) Productivo y 3 jóvenes becarios (as) y serán un espacio privilegiadopara favorecer el acompañamiento y capacitación por parte de los Técnicos (as).

Los Técnicos (as) Productivos coordinarán la asesoría para implementar el Programa, en diálogo con los sujetos de derecho, en los aspectos técnico-productivos. Los Técnicos (as) Sociales coordinarán las acciones que fortalezcan el tejido social y la solución de los problemascomunitarios, detectados en las CACs.

Los integrantes de cada CAC, podrán operar un vivero comunitario y/o una biofábrica de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y sin necesidad del cumplimiento de algún requisito adicional a los previstos en el numeral 3.4 de los presentes Lineamientos.

Como una medida para incorporar la perspectiva de género en el Programa, se tomarán las medidas necesarias para conseguir que al menos 30% del personal técnico esté compuesto por mujeres.
La integración de la perspectiva de género en el intercambio de experiencias y capacitación será un elemento que promueva el acceso de las mujeres a la capacitación, así como para lograr una 
participación efectiva dentro del Programa.

3.6.3.1 Formación Permanente

Además del acompañamiento técnico, los sujetos de derecho participarán en un proceso permanente de formación a lo largo de todo el año, que les permita enriquecer sus habilidades y capacidades en el ámbito social y productivo. Este proceso de formación también será implementadopara el personal operativo del Programa. La Subsecretaría, en colaboración con otras instituciones especializadas en el área educativa y de desarrollo de capacidades, elaborará un programa y proceso de formación, el cual será implementado a través de las CACs.

El binomio de técnicos será capacitado en cuestiones de género, uso del tiempo de las mujeres campesinas, agricultura y proyectos productivos para mujeres, con el objetivo de fortalecer la participación de las mujeres en el Programa.