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Objetivo General: Fortalecer la inclusión productiva, financiera y al consumo así como el encadenamiento productivo de los Organismos del Sector Social de la Economía (OSSE) mediante el desarrollo de sus capacidades para contribuir a la construcción del bienestar social desde las prácticas y los principios de la Economía Social y Solidaria.
Población objetivo: Los Organismos del Sector Social de la Economía previstos en la Ley de Economía Social y Solidaria, que presentan medios y capacidades limitados para la inclusión productiva, financiera y al consumo, a partir del trabajo colectivo, y que se detallan en el catálogo que se encuentra en el siguiente sitio web: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/473301/Cat_logo_de_OSSE_2019.pdf
Tipos y montos de apoyo
En todos los casos, los apoyos estarán sujetos a suficiencia presupuestal.
I.1.1 Apoyos para la implementación de proyectos nuevos (ARRANQUE)
El monto máximo de apoyo por proyecto nuevo, está en función del número de integrantes o socios(as) del OSSE y de su tipo de constitución (legalmente constituidos o en etapa previa a su constitución legal)
Monto máximo (pesos)
| ||||
Tamaño
del OSSE en número de socios o integrantes |
OSSE legalmente
constituido |
OSSE en etapa previa a
su constitución legal | ||
Por socio
|
Por
proyecto |
Por integrante
|
Por
proyecto | |
Proyecto de Producción y Consumo
| ||||
5 a 10
|
$33,600
|
$336,000
|
$26,250
|
$262,500
|
11 a 20
|
$19,200
|
$384,000
|
$15,000
|
$300,000
|
21 o más
|
Dependiendo
el número de socios |
$480,000
|
Dependiendo
el número de integrantes |
$375,000
|
I.1.2 Apoyos capitalizables para el desarrollo de proyectos en operación (DESARROLLA)
Son apoyos capitalizables dirigidos a OSSE legalmente constituidos o en etapa previa a su constitución legal; que fueron apoyados por el INAES u otra dependencia del gobierno federal, entre 2013 y 2019; que tienen un proyecto en operación; y que requieren apoyo para su desarrollo.
En este caso, el monto máximo de apoyo por proyecto productivo está en función del número de socios(as) del OSSE y de su tipo de constitución (legalmente constituidos o en etapa previa a su constitución legal).
Monto máximo (pesos)
| ||||
Tamaño
del OSSE en número de socios o integrantes |
OSSE legalmente
constituido |
OSSE en etapa previa a
su constitución legal | ||
Por socio/a
|
Por
proyecto |
Por
integrante |
Por
proyecto | |
Proyecto de Producción
| ||||
5 a 10
|
$46,260
|
$462,600
|
$32,580
|
$325,800
|
11 a 20
|
$30,840
|
$616,800
|
$21,720
|
$434,000
|
21 o más
|
Dependiendo
el número de socios |
$771,000
|
Dependiendo
el número de integrantes |
$543,000
|
I.1.3 Apoyos capitalizables para la consolidación de proyectos en operación (CONSOLIDA)
Apoyos capitalizables dirigidos a OSSE legalmente constituidos; que fueron apoyados por el INAES u otra dependencia del gobierno federal entre 2013 y 2019; que tienen un proyecto en operación; y requieren apoyo para su consolidación.
El monto máximo de apoyo por proyecto productivo está en función del número de socios(as) del OSSE.
Tamaño del OSSE en
número de socios |
Monto máximo (pesos)
|
Por socio/a
|
Por
proyecto | |
Proyecto de Producción
| ||
5 a 10
|
$66,420
|
$664,200
|
11 a 20
|
$44,280
|
$885,600
|
21 o más
|
Dependiendo el número de
socios |
$1,107,000
|
I.1.4 Apoyos capitalizables para el crecimiento de proyectos en operación (CRECE)
Apoyos dirigidos a OSSE legalmente constituidos que fueron apoyados por el INAES u otra dependencia del gobierno federal entre 2014 y 2019; que tienen un proyecto en operación; y requieren apoyo crediticio para su crecimiento, pero no cuentan con las garantías necesarias y suficientes para acceder al crédito.
El apoyo solicitado deberá significar un máximo de 50% del importe de crédito que se obtendrá con la garantía requerida, sin que el monto del apoyo rebase la cantidad de 2 millones de pesos.
I.1.5 Proyectos Productivos Sociales (PPS)
Son apoyos económicos otorgados por la DGOP para proyectos productivos, dirigidos a grupos sociales pertenecientes a los OSSE.
Los grupos sociales solicitantes deberán nombrar a un representante y cumplir con las siguientes características:
a) Que los integrantes sean mayores de edad y vivan en los municipios y/o localidades identificados dentro de la cobertura del programa (véase en 3.1);
b) Que al menos dos de los integrantes del grupo sean mujeres, y en casos excepcionales de grupos únicamente de hombres, estos estén al final de la priorización;
c) Que ninguno de los integrantes del grupo haya recibido algún apoyo equivalente a éste, ya sea por la DGOP o por alguna otra dependencia o entidad del gobierno federal en alguno de los dos ejercicios fiscales anteriores.
Los municipios y localidades que conforman dichas zonas se señalan en la siguiente liga:
https://www.gob.mx/bienestar/acciones-y-programas/programa-de-fomento-a-la-economia-social
Los montos máximos por proyecto productivo serán definidos de la siguiente manera:
Sector / Actividad
|
Montos
|
Primario
(excepto extracción y deforestación)
Los cultivos apoyados deberán incorporar sistemas agroecológicos
|
De 50,000 a 400,000 pesos mexicanos
|
Manufacturero
|
De 50,000 a 200,000 pesos mexicanos
|
Servicios y Comercio
|
De 50,000 a 150,000 pesos mexicanos
|
1.1.6 Constitución de Cadenas Productivas para el Bienestar (CCPB)
Son apoyos económicos otorgados por la DGOP dirigidos a productores y/o productoras directas pertenecientes a los OSSE, que estén de acuerdo en trabajar en colectivo para detonar una ventaja económica y constituir la cadena productiva. El recurso económico de estos apoyos es elevado porque están destinados a productoras y/o productores directos, de las cuales sus familias dependen, considerando que el encadenamiento será su sustento, permitiendo ampliar la simbiosis de la Economía Social y Solidaria y preservar el sistema biocultural, contribuyendo en la recomposición del tejido social ante los índices de violencia de los municipios que se atienden.
Los productores y/o las productoras directas constituirán un grupo y nombrarán a un representante para pedir el apoyo económico, deberán participar en las asambleas que organizó la/el Facilitador(a) Comunitario(a) Territorial (FCT) o las Instituciones de Educación Superior. Asimismo, deberán formular su proyecto (FP) y entregar a la DGOP una carta que estipule que solicitan el apoyo.
La formulación del proyecto (FP) la elaborará el FCT y el grupo social solicitante, debiendo incluir:
1) El presupuesto desglosado de los requerimientos materiales.
2) Las características del apoyo en especie que se necesiten para el desarrollo de capacidades técnicas, es decir, en caso de requerir asistencia, determinar sus características.
Las características de los productores y/o las productoras directas que soliciten la CCPB deberán ser las siguientes:
a) Que los integrantes sean mayores de edad y vivan en los municipios y/o localidades identificados dentro de la cobertura del programa;
b) Que la conformación del grupo sea preferentemente de mujeres o mixta (hombres y mujeres), dejando al final de la priorización a los grupos únicamente de hombres.
Los montos de los apoyos económicos serán definidos de la siguiente manera:
Sector / Actividad
|
Montos
|
Primario
(excepto extracción y deforestación)
Los cultivos apoyados deberán incorporar sistemas agroecológicos
|
De 300,000 mil a 2,000,000 millones de pesos mexicanos
|
Manufacturero
|
De 200,000 mil a 1,500,000 mil pesos mexicanos
|
Servicios y Comercio
|
De 200,000 mil 1,800,000 mil de pesos mexicanos
|
II Apoyos para el Desarrollo de capacidadesSon apoyos no recuperables, en efectivo o en especie orientados al desarrollo de las diferentes capacidades de los OSSE, otorgados por la DGOP y el INAES. Estos últimos están dirigidos a OSSE que cuenten con un proyecto en operación conforme se indique en la convocatoria respectiva o en el acuerdo del Comité Técnico Nacional.
El apoyo que otorga DGOP será en especie con la finalidad de incentivar procesos de economía social y solidaria en el territorio, y potencializar las capacidades de los OSSE
II.1 Apoyos no recuperables para el desarrollo organizativo, empresarial y de gestión social.
Apoyos que otorga el INAES, en efectivo o en especie para el desarrollo y fortalecimiento de capacidades organizativas, empresariales y de gestión social de OSSE, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
Forma de otorgamiento
|
Submodalidad
|
Monto máximo (pesos)
|
Apoyos en efectivo
|
II.1.1. Constitución legal de la figura
jurídica. |
30 mil pesos.
|
II.1.2. Elaboración de estudio técnico
especializado: dasonómico, edafológico, etc. |
120 mil pesos (por estudio, por
OSSE). |
II.1.3. Capacitación: Asistencia a
foros, seminarios, encuentros, cursos, talleres o eventos análogos relacionados con el Sector Social de la Economía o con la actividad del OSSE. |
100 mil pesos por OSSE y hasta 50
mil pesos por integrante del OSSE. | |
II.1.4. Giras e intercambio de
experiencias. | ||
II.1.5. Capacitación: Cursos o talleres
en instalaciones vinculadas al OSSE. |
150 mil pesos por OSSE (mínimo tres
participantes). | |
II.1.6. Asistencia técnica: Hasta tres
meses. |
50 mil pesos/mes (por OSSE).
| |
II.1.7. Consultoría.
|
100 mil pesos (por OSSE).
|
Apoyos en especie
|
II.1.8. Capacitación: Asistencia a
foros, seminarios, encuentros, cursos, talleres o eventos análogos relacionados con el Sector Social de la Economía o con la actividad del OSSE. |
100 mil pesos por OSSE y hasta 50
mil pesos por
integrante del OSSE
|
II.1.9. Giras e intercambio de
experiencias. | ||
II.1.10. Capacitación: Cursos o
talleres en instalaciones vinculadas al OSSE. |
150 mil pesos por OSSE
(Mínimo tres participantes).
| |
II.1.11. Asistencia técnica: Hasta tres
meses. |
50 mil pesos/mes (por
OSSE).
| |
II.1.12. Consultoría.
|
100 mil pesos (por OSSE).
| |
II.1.13. Organización, promoción y/o
realización de eventos de capacitación: Foros, seminarios, encuentros, cursos, talleres o eventos análogos relacionados con el Sector Social de la Economía o con la actividad del OSSE. |
Hasta 100 mil pesos por OSSE y
hasta 50 mil pesos por, integrante del OSSE |