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REGLAS de Operación CONAFOR 2020

17 enero 2020
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Les Compartimos; REGLAS de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020


Las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, tienen como objetivo general contribuir a que la superficie forestal, preferentemente forestal y temporalmente forestal sea protegida, conservada, restaurada e incorporada al manejo forestal sustentable, competitivo y participativo, mediante la ejecución de los componentes, conceptos y modalidades de apoyo definidos en los artículos 2 y 6 de las presentes Reglas. 


Asimismo, las presentes Reglas de Operación tienen como objetivo específico establecer las normas y procedimientos de aplicación general que deberán observarse en la operación, asignación y ejecución de los recursos federales a cargo de la CONAFOR y de los componentes, modalidades y conceptos de apoyo definidos en el artículo 2 y en el artículo 6 de las presentes Reglas.

Los componentes de apoyo, objetivos y personas elegibles para cada uno de éstos son los siguientes:

  • Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV):
  • Objetivo: Apoyar a las personas propietarias, legítimas poseedoras y habitantes de las zonas forestales para que implementen acciones que les permita fortalecer la gobernanza, el desarrollo de capacidades, sociales, técnicas, culturales, la transferencia de tecnología; la ordenación, cultivo, aprovechamiento y certificación de los recursos forestales maderables y no maderables; el fortalecimiento de los procesos de abasto, transformación y mercados de las materias primas y productos forestales; así como a las personas propietarias y poseedoras de terrenos temporalmente forestales o preferentemente forestales para el desarrollo de plantaciones forestales comerciales sustentables que contribuyan a incrementar la producción forestal del país. 
  • Personas elegibles: i. Personas físicas o morales propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales con aptitud de producción comercial sustentable clasificadas como productor tipo I, II, III, IV, y V; ii. Instituciones de educación e investigación registradas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas para estudios regionales forestales, ejidos, comunidades o sus empresas forestales, así como empresas forestales mixtas; iii. Personas físicas y morales, que sean propietarias o legítimas poseedoras de terrenos temporalmente forestales o preferentemente forestales, ubicados dentro de las áreas elegibles para plantaciones forestales comerciales definidas por la CONAFOR, y que se clasifiquen como plantadores iniciales, en desarrollo o permanentes; iv. Alumnos inscritos en el sistema educativo CECFOR. 
  • Componente II. Restauración Forestal de Microcuencas y Regiones Estratégicas (RFM) 
  • Objetivo: Apoyar proyectos de restauración forestal integral en microcuencas y regiones estratégicas del país con enfoque en el Manejo Integrado del Territorio (MIT), mediante prácticas que contribuyan a recuperar la productividad de los ecosistemas forestales degradados, así como generar empleo y mejorar el bienestar de los ejidos, comunidades, pueblos indígenas y pequeños propietarios de los terrenos forestales. 
  • Personas elegibles: Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales, cuyos terrenos presenten procesos de deterioro por la degradación de suelos, pérdida de vegetación forestal, alteración del ciclo hidrológico o áreas perturbadas por incendios o plagas forestales y desastres naturales.

  • Componente III. Servicios Ambientales (SA) 
  • Objetivo: Fomentar la conservación activa de los ecosistemas forestales mediante incentivos económicos a personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, que de manera voluntaria deciden incorporar áreas al pago por servicios ambientales, así como fomentar la concurrencia de recursos económicos y operativos entre la CONAFOR y partes interesadas en constituir mecanismos locales para apoyar áreas estratégicas que deban ser incorporados a esquemas de conservación activa para mantener la provisión de servicios ambientales. Lo anterior con el objeto de incorporar prácticas de buen manejo para promover la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas, y fomentar la provisión en el largo plazo de los servicios ambientales, tales como la captación de agua, el mantenimiento de la biodiversidad, la captura y conservación del carbono, y contribuir a la mitigación y adaptación de los efectos de cambio climático, en beneficio de la población. 
  • Personas elegibles: i. Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, cuyos predios mantienen una cobertura forestal en buen estado de conservación, incluyendo a los que tienen manejo y aprovechamiento forestal autorizado por la SEMARNAT; ii. Las personas físicas y morales, incluyendo los tres órdenes de gobierno, que sean usuarias de servicios ambientales, interesadas en participar en la creación o fortalecimiento de mecanismos locales de pago por servicios ambientales, mediante la aportación de recursos económicos, humanos y operativos.
  • Componente IV. Protección Forestal (PF)
  • Objetivo: Prevenir, combatir y controlar plagas e incendios forestales para reducir el deterioro de los diferentes ecosistemas forestales a nivel nacional mediante el otorgamiento de apoyos para tratamientos fitosanitarios, atención de contingencias fitosanitarias, brigadas de saneamiento forestal y brigadas rurales de incendios forestales.
  • Personas elegibles: i. Personas físicas o ejidos y comunidades propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales que carezcan de recursos económicos y estén obligadas a realizar los trabajos de saneamiento forestal; iii. Entidades federativas y municipios.
Todos los detalles den Reglas de Operación