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REGLAS de Operación del Fondo Nacional Emprendedor (FNE-INADEM) 2019

28 febrero 2019
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REGLAS de Operación del Fondo Nacional Emprendedor

El objetivo general del Fondo Nacional Emprendedor, en adelante FNE, es aumentar la productividad en las micro, pequeñas y medianas empresas, principalmente las ubicadas en los SECTORES PRIORITARIOS, mediante acciones que favorezcan el acceso al financiamiento; desarrollo de capital humano; fortalecimiento de capacidades productivas, tecnológicas y de innovación, así como su inserción en cadenas de valor y proveeduría.

Son objetivos específicos del Fondo Nacional Emprendedor:
  • Incrementar el grado de acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores a financiamiento y capital;
  • Desarrollar capacidades de gestión y habilidades gerenciales en las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores;
  • Fortalecer las capacidades productivas, tecnológicas y de innovación de las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores;
  • Incrementar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen un mejor funcionamiento y mayor valor agregado nacional;
  •  Promover un entorno propicio para el emprendimiento y desarrollo empresarial y de negocios, y
  • Asesorar y vincular a las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendedores a los programas públicos y privados que operan para su beneficio.


COBERTURA Y POBLACIÓN OBJETIVO

El FNE tiene una cobertura nacional y su POBLACIÓN OBJETIVO serán los EMPRENDEDORES y las MIPYMES que forman parte de la POBLACIÓN POTENCIAL y que el FNE tiene capacidad operativa y financiera para atender por medio de los APOYOS, en un determinado periodo o ejercicio fiscal, conforme a los términos y los criterios de elegibilidad establecidos en estas Reglas de Operación.


TIPOS, MODALIDADES Y MONTOS DE APOYO

Los APOYOS previstos en el FNE son subsidios a la inversión y serán otorgados de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, a través de CONVOCATORIAS públicas y ASIGNACIÓN DIRECTA, bajo las siguientes categorías:


I. Programas de Sectores Estratégicos y Desarrollo Regional;
II. Programas de Desarrollo Empresarial, y
III. Programas para MIPYMES.

En cada Convocatoria podrán existir distintas modalidades para el apoyo de los proyectos, las cuales serán determinadas por el CONSEJO DIRECTIVO y publicadas en las CONVOCATORIAS correspondientes.

 Los APOYOS del FNE se entregarán directamente a la POBLACIÓN OBJETIVO, y de manera indirecta por conducto de ORGANISMOS DISPERSORES en términos de estas Reglas de Operación, y de conformidad con los requisitos que se determinen en las CONVOCATORIAS que para tal efecto se expidan.


Los APOYOS podrán ser entregados también a la POBLACIÓN OBJETIVO en términos de los CONVENIOS que celebre el INADEM con los Organismos internacionales, multilaterales y bilaterales, el Consejo Coordinador Empresarial, las Instituciones Educativas especializadas en emprendimiento, y las Confederaciones de Cámaras Empresariales identificados en la Regla 21, para el desarrollo de PROYECTOS ESPECIFICOS.


En el caso de apoyar a las MIPYMES SINIESTRADAS, los apoyos podrán ser otorgados en términos de los CONVENIOS que celebre el INADEM con la SEDECO o su equivalente, el Ayuntamiento u ORGANISMO DISPERSOR distinto de los anteriores, que haya sido definido por el Gobierno de la Entidad Federativa. Identificados en la Regla 8.


Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, las Instituciones Públicas y Privadas, MIPYMES y EMPRENDEDORES deberán presentar la opinión positiva del cumplimiento de Obligaciones Fiscales por parte del Servicio de Administración Tributaria, con una vigencia no mayor a 3 meses, de conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, previo a la ministración de apoyo. En caso de que funjan como ORGANISMOS DISPERSORES deberán solicitar a los BENEFICIARIOS, EMPRENDEDORES y MIPYMES el cumplimiento y acreditación de la obligación señalada.


Con el objeto de asegurar la correcta aplicación del recurso federal por parte de los BENEFICIARIOS, así como la aportación anterior comprometida por estos para la ejecución de sus PROYECTOS, se establece la obligación al Beneficiario de presentar una fianza en términos del artículo 45 de la Ley de Tesorería de la Federación, cuando el monto de apoyo sea superior a $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), conforme a los criterios que se establezcan en cada una de las CONVOCATORIAS. Se exceptúan de esta obligación a los Gobiernos Estatales, Municipales y ORGANISMOS DISPERSORES.

La fianza se expedirá a favor de la Tesorería de la Federación y deberá presentarse en un plazo de diez días hábiles contados a partir de la suscripción del Convenio. Una vez presentada la Fianza y validada por la Dirección General Adjunta de Asuntos Jurídicos se realizará la ministración del Apoyo atendiendo a los Lineamientos que en su caso apruebe el CONSEJO DIRECTIVO.

Los requisitos, montos de apoyo como toda la mecánica operativa consúltelo en REGLAS DE OPERACIÓN.

REGLAS de Operación del Programa para la Productividad y Competitividad Industria 2019

27 febrero 2019
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REGLAS de Operación del Programa para la Productividad y Competitividad Industrial para el ejercicio fiscal 2019.


OBJETIVOS

General: El Programa para la Productividad y Competitividad Industrial (PPCI) tiene como objetivo general mejorar la productividad de las empresas mediante el apoyo a proyectos e iniciativas de carácter industrial que propicien un crecimiento económico incluyente.
Específicos

Son objetivos específicos del PPCI en el ámbito del desarrollo incluyente por sectores e industrias:
  • Promover la integración de un mayor número de empresas en cadenas de valor;
  • Desarrollar el capital humano especializado que la industria requiera;
  • Promover mejoras en los procesos productivos y las cualidades de los productos que ofrecen las empresas.
  •  Promover el fortalecimiento y desarrollo sectorial;
  •  Desarrollar las capacidades productivas y la manufactura inteligente en las empresas pertenecientes a los sectores industriales del país, y
  • Fortalecer la política pública industrial a fin de facilitar la articulación de las cadenas de valor, la mejora de la productividad, la regionalización y el impulso a la diversificación.
Cobertura: El PPCI tiene una cobertura nacional y atiende a la Población Objetivo de los sectores e industrias considerados.

Población Potencial: Las personas morales que cuenten con una plantilla laboral a partir de 51 trabajadores registrados en el IMSS, que requieran resolver problemas que limitan su productividad, y que pertenezcan a alguno de los sectores 31 al 33, denominados Industrias Manufactureras, de acuerdo con el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte 2013 (SCIAN).

Población Objetivo: Las personas morales de la Población Potencial que desarrollan alguna de las actividades económicas señaladas en la Convocatoria, y requieran aumentar su productividad.


Tipos y Conceptos de Apoyo

  • Certificaciones y recertificaciones para formación de capital humano y mejora de procesos y
productos
  • Fortalecimiento y desarrollo sectorial.
  • Potenciación productiva.
Requisitos y mecánica operativa en Reglas de Operación

REGLAS de Operación del Programa CONAFOR 2019

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REGLAS de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2019. 

 Los componentes de apoyo, objetivos y personas elegibles para cada uno de éstos son los siguientes:

I. Componente Estudios Técnicos Forestales (ETF)


Objetivo: Apoyar la elaboración de estudios para obtener la autorización para el aprovechamiento legal de recursos forestales maderables y no maderables.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y las organizaciones que formen entre sí, definidas como elegibles para su incorporación y participación en el manejo forestal sustentable.

II. Componente Gobernanza y Desarrollo de Capacidades (DC)

Objetivo: Desarrollar y mejorar las capacidades y habilidades de personas propietarias, legítimas poseedoras de terrenos forestales e integrantes de los núcleos agrarios que aprueban sus asambleas, fortalecer y consolidar procesos de formación y capacitación para el manejo forestal sustentable y la gestión productiva con visión empresarial; así como la elaboración de herramientas eficientes para la planeación y ejecución de proyectos de desarrollo forestal sustentable.

Personas elegibles: i) Ejidos y comunidades con recursos forestales; personas propietarias y legítimas poseedoras con recursos forestales y sus organizaciones; ii) Los grupos participativos de interés común, definidos como elegibles; iii) Cámaras, Empresas, sociedades, asociaciones u organizaciones legalmente constituidas que realicen actividades de protección y conservación, aprovechamiento y transformación de recursos forestales o la promoción de la certificación forestal, redes de valor forestal y del consumo de productos forestales mexicanos certificados; que sean elegibles en términos de lo dispuesto por estas Reglas; iv) Organizaciones Sociales del Sector Forestal; v) Organizaciones regionales; vi) Alumnos(as) de los Centros de Educación y Capacitación Forestal; vii) Centros de Investigación e Instituciones de Educación Media Superior y Superior y viii) Comunidades instructoras.


III. Componente Restauración Forestal y Reconversión Productiva (RF)

Objetivo: Apoyar acciones y proyectos integrales de reforestación, restauración forestal y reconversión productiva, a efecto de recuperar la capacidad y el potencial natural de los ecosistemas forestales y de la cobertura forestal bajo condiciones de degradación, además de la recuperación gradual de la capacidad de provisión de bienes y servicios ambientales.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales, definidos como elegibles, cuyos terrenos presenten procesos de deterioro por la degradación de suelos, pérdida de vegetación forestal o áreas perturbadas por incendios, enfermedades o plagas forestales y desastres naturales.


IV. Componente Silvicultura, Abasto, Transformación y Comercialización (SAT)

Objetivo: Impulsar y apoyar acciones para la ejecución de las actividades contenidas en los programas de manejo forestal, estudios técnicos y planes de manejo de vida silvestre autorizados para el aprovechamiento de los recursos forestales maderables, no maderables y de vida silvestre, así como para optimizar el potencial productivo bajo los principios del manejo forestal sustentable, que incluyen la conservación de la biodiversidad, el mejoramiento de la infraestructura regional o a nivel de predio, la innovación y transferencia tecnológica, los proyectos para la generación de energía a través del aprovechamiento de biomasa forestal, la certificación forestal, la formación y fortalecimiento de empresas forestales, la creación y fortalecimiento deredes de valor forestal, la transformación y comercialización de los productos forestales mediante el equipamiento, la modernización y diversificación de la industria forestal.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales que cuenten con autorización vigente de aprovechamiento forestal maderable, no maderable o de la vida silvestre; ii) Ejidos, comunidades y organizaciones que realicen actividades de aprovechamiento y transformación legal de productos forestales; iii) Grupos en proceso de formación de empresa o integración de redes de valor forestal, empresas forestales y cadenas productivas forestales; iv) Personas físicas y morales dedicadas a la transformación y comercialización de productos forestales de origen nacional y de legal procedencia; v)Mujeres; vi) Grupos participativos de interés común; vii) Entidad grupal.


V. Componente Servicios Ambientales (SA)

Objetivo:
Fomentar la conservación activa de los ecosistemas forestales mediante incentivos económicos a personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, que de manera voluntaria deciden incorporar áreas al pago por servicios ambientales, así como fomentar la concurrencia de recursos económicos y operativos entre la CONAFOR y partes interesadas en constituir mecanismos locales para apoyar áreas estratégicas que deban ser incorporados a esquemas de conservación activa para mantener la provisión de servicios ambientales. Lo anterior con el objeto de incorporar prácticas de buen manejo para promover la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas, y fomentar la provisión en el largo plazo de los servicios ambientales, tales como la captación de agua, el mantenimiento de la biodiversidad, la captura y conservación del carbono, mismos que benefician a centros de población.

Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales definidos como elegibles, cuyos predios mantienen una cobertura forestal en buen estado de conservación, incluyendo a los que tienen manejo y aprovechamiento forestal autorizado por la SEMARNAT; ii) Las personas físicas y morales, incluyendo los tres órdenes de gobierno, que sean usuarias de servicios ambientales, interesadas en participar en la creación o fortalecimiento de mecanismos locales de pago por servicios ambientales, mediante la aportación de recursos económicos, humanos y operativos.


VI. Componente Plantaciones Forestales Comerciales (PFC)

Objetivo:
Fomentar el establecimiento y mantenimiento de Plantaciones Forestales Comerciales para contribuir a incrementar la producción y productividad forestal del país.

Personas elegibles:
Personas físicas, morales y jurídico-colectivas (ejidos y comunidades), que sean i) Propietarias o legítimas poseedoras de terrenos temporalmente o preferentemente forestales, ubicados dentro

de las áreas elegibles definidas por la CONAFOR publicadas en su página de internet y, en su caso, en las Convocatorias correspondientes; ii) Titulares de un aviso o autorización vigente para el establecimiento de Plantaciones Forestales Comerciales y en su caso, las personas que hubieran establecido Plantaciones Forestales con fines Comerciales sin apoyos gubernamentales; iii) Fondos de aseguramiento de plantaciones forestales comerciales legalmente constituidos.


VII. Componente Contingencias Ambientales Forestales (CAF)

Objetivo:
Prevención, combate y control de plagas e incendios forestales para reducirlas a niveles ecológicamente aceptables en los diferentes ecosistemas forestales a nivel nacional mediante el otorgamiento de apoyos para tratamientos fitosanitarios, atención de contingencias fitosanitarias y brigadas rurales de incendios forestales.

Personas elegibles: i)
Personas físicas o morales propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales que carezcan de recursos económicos y estén obligadas a realizar los trabajos de saneamiento forestal; ii) Personas morales que, sin ser propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, tienen entre sus funciones actividades de protección forestal; iii) Asociaciones Estatales y Regionales de Silvicultores; iv) Asociaciones Civiles que dentro de sus funciones las actividades de protección forestal, tal es el caso de la sanidad forestal; v) Entidades Federativas y Municipios.

Requisitos y las bases en Reglas de Operación. 

REGLAS de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria 2019.

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REGLAS de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación para el ejercicio fiscal 2019.


Objetivo general: Fomentar la innovación económica, por medio de la creación y fortalecimiento de Centros de Innovación Industrial (CII), y de políticas públicas que promuevan el desarrollo de ecosistemas de innovación.

Objetivos específicos.

El PROSOFT plantea dos objetivos específicos:

  •  Apoyar la creación y fortalecimiento de Centros de Innovación Industrial, con los siguientes rubros:
a) Adquisición del equipamiento técnico especializado para prestar los servicios que demandan la industria o industrias que atenderá;
b) Formación y especialización de capital humano demandado por la industria;
c) Servicios de consultoría para implementación tecnológica, y.
d) Adquisición y/o desarrollo de software especializado y/o plataformas especializadas de acuerdo a la vocación y los servicios que prestará el CII y/o para los programas de capacitación propuestos.

  • Apoyar las políticas públicas de innovación impulsadas por el Comité Intersectorial para la Innovación al que se refiere la Ley de Ciencia y Tecnología en su Artículo 41, como responsable del diseño y operación de la política pública de innovación, a través de instrumentos especializados de fomento a la innovación.

Población potencial: Son las personas morales de las vocaciones económicas regionales (empresa grande, empresa mediana o asociación empresarial como: clúster, cámara empresarial, asociación industrial o confederación de cámaras industriales) constituidas conforme a la legislación mexicana, que manifiestan la necesidad de generar innovación económica en sus procesos, productos o servicios.


Montos de apoyo, Requisitos etc. en Reglas de Operación



REGLAS de Operación del Programa (PROCODES) 2019

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Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES) para el ejercicio fiscal 2019.

Objetivos

General: Promover que las mujeres y los hombres que habitan las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, aprovechen los recursos naturales y la biodiversidad de forma sustentable para el desarrollo social y para mejorar sus medios de vida.


Objetivos específicos:

  • Impulsar el uso sustentable de la biodiversidad y los recursos naturales a través del desarrollo de actividades productivas sustentables, así como proyectos de restauración y conservación con fines productivos.
  • Promover la capacitación de las mujeres y los hombres que habitan las localidades asentadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
  •  Prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de contingencias ambientales que ponen en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas en Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
Población potencial: El total de mujeres y hombres que habitan en localidades de los municipios de las Áreas Naturales Protegidas, que se mencionan en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.

La CONANP, previa justificación técnica y de manera excepcional, podrá adicionar Áreas Naturales Protegidas y/o municipios a los previstos en el anexo número 1 de las Reglas de Operación, cuando:
- Se establezcan nuevas Áreas Naturales Protegidas de competencia Federal.
- Se presenten modificaciones en los nombres de los municipios que conforman las Áreas Naturales Protegidas.
De presentarse alguno de los supuestos anteriores, la CONANP, a más tardar el último día hábil del mes de abril del ejercicio fiscal correspondiente, tramitará ante la Secretaría la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo por el cual se adicionan nuevas Área Naturales Protegidas y/o municipios al Anexo número 1 de las Reglas de Operación.


 Población objetivo

Mujeres y hombres de 18 o más años de edad, que conformen grupos organizados; Ejidos o Comunidades y Personas Morales, que sean propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de los recursos naturales comprendidos en las localidades de los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, enlistados en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.

Los apoyos deberán ser otorgados sin distinción de género, raza, etnia, credo religioso, condición
socioeconómica u otra causa que implique discriminación, a los solicitantes que cumplan con los requisitos que se señalan en las Reglas de Operación.


Tipo de apoyo


Los tipos de apoyo que el PROCODES otorgará son los siguientes:

I. Estudios técnicos: Consisten en la elaboración de estudios que constituyan herramientas de planeación, programación y evaluación en torno a estrategias y líneas de acción para el desarrollo sostenible de las localidades ubicadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.

II. Proyectos: Realización de actividades para la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad, restauración ecológica o para el establecimiento, construcción y/o conservación de la infraestructura ambiental y productiva.

III. Cursos de capacitación: Apoyos que tendrán la finalidad de realizar cursos y/o talleres de capacitación sobre las líneas de acción para la conservación y desarrollo sostenible.

IV. Brigadas de contingencia ambiental: Apoyos destinados a la prevención, mitigación y restauración de las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de incendios forestales, sismos, actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro la integridad los ecosistemas.

Las especificaciones correspondientes a cada uno de estos tipos de apoyo se definen en el Anexo número 2 de las Reglas de Operación.

A fin de promover la equidad de género en el acceso y beneficios del PROCODES, en el caso de proyectos y cursos de capacitación, en los que exista la participación de mujeres, las personas beneficiarias podrán disponer de hasta un 17% del monto total aportado por la CONANP, para el financiamiento de acciones afirmativas con perspectiva de género, mismas que deberán especificarse en el expediente técnico del proyecto o de la brigada de contingencia y en los términos de referencia del curso de capacitación.

Requisitos, bases y apoyos ver en Reglas de operación

REGLAS de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola

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REGLAS de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2019.



Objetivo: Preservar y mejorar la infraestructura hidroagrícola además de ampliar la superficie bajo riego en áreas de temporal tecnificado, para contribuir a mantener la producción en la agricultura de riego y de temporal tecnificado; así como promover proyectos productivos en Zonas de Atención Prioritaria.

La infraestructura hidroagrícola constituye un elemento esencial para alcanzar los objetivos nacionales en materia alimentaria, de generación de empleos, de incremento del ingreso y de mejoramiento del nivel de vida de los productores y habitantes en el medio rural.

Población objetivo: Las acciones comprendidas en estas Reglas de Operación se establecen para su aplicación sin distinción de género, raza, credo religioso, condición socio-económica, ni cualquier otra que implique discriminación y están dirigidas a las ACU, SRL y Usuarios Hidroagrícolas de los distritos y unidades de riego, Distritos y Unidades de Temporal Tecnificado, y Zonas de Atención Prioritaria, y que cumplan los requisitos generales, específicos y procedimientos de selección, sujeto a disponibilidad presupuestal.

Cobertura: El Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola aplica en todos los distritos y unidades de riego, distritos y unidades de temporal tecnificado, así como en zonas de atención prioritaria.

Requisitos y bases del programa en Reglas de operación