Zona de Descargas
Proyectos productivos completos
o corridas financieras
Para los programas:
- SADER
- INAES
- INPI
- FIRCO
- PROIN
- S.E.
- Financiera Nacional (FND) - INADEM
- Pymes

Reglas de operación CDI 2015

17 enero 2015
Compartir:


Reglas de Operación del Programa para el Mejoramiento de la Producción y Productividad Indígena, a cargo de la Coordinación General de Fomento al Desarrollo Indígena de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2015.

Población objetivo.

La población indígena mayor de edad que habita en las localidades indígenas que sea parte de algún grupo de trabajo o integrante de una sociedad legalmente constituida que acredite que su principal actividad productiva está ubicada en dichas localidades.

El programa dará prioridad a las localidades de alta y muy alta marginación y a aquellas que se encuentren en la cobertura de la Cruzada Nacional Contra el Hambre. Asimismo, podrá actuar en localidades distintas a las citadas cuando exista situación de excepción o emergencia que ameriten su intervención o cuando la CDI identifique proyectos productivos que permitan aminorar los rezagos o condiciones económicas adversas que se presenten.

Los recursos del programa destinados a este tipo de localidades no podrá rebasar el 25% del techo presupuestal asignado a cada entidad federativa y tendrán que ser propuestos por las delegaciones de la CDI para su aprobación por el Comité Técnico Central.

Tipos y Niveles o Modalidades de Apoyo para Proyectos Productivos.

Los proyectos que apoya el programa se orientan a la actividad agrícola, pecuaria, forestal, pesquera, acuícola, agroindustrial, artesanal, de servicios, turismo de naturaleza y actividad de traspatio, de manera coherente con las vocaciones y potenciales productivos, así como con la experiencia y características de las comunidades indígenas a beneficiar.

Cuenta con los siguientes tipos de apoyo, diferenciados por niveles o modalidades:



En todos los casos, las aportaciones que efectúen las instancias ejecutoras estatales o municipales, podrán incluir aportaciones en especie, pero únicamente de activos fijos, sin incluir inmuebles, previa justificación del costo o valor de compra que amparen las facturas correspondientes, fechadas en el mismo año fiscal en que se solicita el apoyo al proyecto de que se trate. No se considerarán las facturas que estén relacionadas con capital de trabajo y/o inversión diferida.

Las aportaciones de las instancias ejecutoras estatales o municipales concurrentes al proyecto, estarán sujetas a su normatividad.

Las aportaciones de los beneficiarios (mano de obra, activos fijos, materias primas o auxiliares, o efectivo) que se reflejen en la estructura financiera del proyecto, no disminuirán el porcentaje de aportación de la instancia ejecutora cuando ésta sea estatal o municipal. En su caso, disminuirá la aportación de la CDI.