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Resumen Reglas de Operación Programa (PROECI) INPI 2020

17 febrero 2020
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Les compartimos un documento Resumido de las Reglas de Operación del Programa  para el Fortalecimiento Económico de los Pueblos y Comunidades Indígenas INPI 2020. 

Para disponer de la información mas rápida sobre todo de los Requisitos, tipos y modalidades de apoyo del Programa.



Reglas de Operación del Programa Producción para el Bienestar SADER 2020

11 febrero 2020
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Les compartimos;  Reglas de Operación del Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio fiscal 2020.

Objetivo general: Incrementar la productividad, principalmente de granos básicos, caña de azúcar y café de productores de pequeña y mediana escala, a través del otorgamiento de apoyo al ingreso de los productores.


Población objetivo: Productores de pequeña y mediana escala con predios inscritos en el Padrón, que cultiven preferentemente granos (maíz, frijol, trigo panificable, arroz, amaranto, chía, y/o sistema milpa, entre otros), café y caña de azúcar, con superficies de hasta 20 hectáreas en tierras de temporal y de hasta cinco hectáreas en riego.

 Apoyos directos y montos máximos

I. Estratos y cuotas.
Los apoyos directos del Programa serán por productor, independientemente del número de predios que tengan, tomando en cuenta los siguientes estratos y cuotas:

Cuadro 1. Estratos
Estratos
Superficie objeto del apoyo
Régimen hídrico
Temporal
Riego
Productor de pequeña
escala
Hasta 5 hectáreas.
Hasta 0.2 hectáreas.
Productor de mediana
escala
Mayor de 5 y hasta 20 hectáreas.
Mayor de 0.2 y hasta 5 hectáreas.
NOTA: Se podrán apoyar a productores de más de 20 hasta 30 hectáreas de granos de temporal, con monto máximo de apoyo equivalente a 20 hectáreas, conforme lo establezca la Unidad Responsable y de acuerdo a suficiencia presupuestaria.

Para el caso de los productores de granos, el monto máximo del apoyo será el correspondiente a 20 hectáreas y se calculará con base la suma de la superficie elegible de sus predios. Dicho cálculo se realizará por hectárea o fracción, considerando únicamente los predios que tenga inscritos en un ciclo agrícola (OtoñoInvierno o PrimaveraVerano), conforme lo declare el propio productor en la ventanilla, independientemente del número de predios inscritos.

El cálculo referido en el punto anterior se realizará considerando las cuotas siguientes:

Cuadro 2. Cuotas de granos
Estratos
Cuota por hectárea
Productor de pequeña escala
$1,600.00 (MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)
Productor de mediana escala*
$1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.)*
*Aplicará, en su caso, también a productores de más de 20 hasta 30 hectáreas de temporal, conforme lo establezca la Unidad Responsable y de acuerdo con suficiencia presupuestaria.

Algunos productores podrán recibir apoyos equivalentes a más de 20 hectáreas de temporal o más de 5 hectáreas de riego, siempre y cuando el excedente sea por albaceazgo, tutela, patria potestad o cualquier otra figura de representación legal.

Los apoyos para café y caña de azúcar serán por productor, con base en lo siguiente:

Cuadro 3. Cuotas de café y de caña de azúcar
Estrato
Cuota por productor
Productor de café con hasta 20 hectáreas de temporal o hasta 5 hectáreas de riego
$5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.)
Productor de caña de azúcar con hasta 20 hectáreas de temporal o hasta 5 hectáreas de riego
$7,300.00 (SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)
 
Los productores de granos tendrán la posibilidad de acceder a los apoyos correspondientes para caña de azúcar o para café, siempre que sean predios diferentes.

Los apoyos para caña de azúcar y para café serán excluyentes entre sí, es decir, un productor no podrá recibir apoyos para ambos cultivos.

II. Además, para la entrega del apoyo directo, se considerará lo siguiente:
  •  Los productores de granos con predios cuya suma de superficie sea menor a una hectárea recibirán por redondeo el apoyo equivalente a una hectárea;
  • Que los predios agrícolas de los productores beneficiarios sean sembrados al menos con la superficie apoyada;
  • En caso de condiciones climatológicas adversas o de desastre natural, que impidan la siembra, podrá otorgarse el apoyo directo de manera prioritaria cuando la instancia ejecutora correspondiente realice la solicitud por escrito a la Unidad Responsable y la acompañe del documento emitido por la autoridad competente del Gobierno Federal, como el dictamen técnico o la declaratoria de emergencia que avale tales condiciones en las áreas afectadas. Lo anterior, sujeto a suficiencia presupuestal;
  • Que de los productores beneficiarios como resultado de los predios apoyados por el Programa, al menos el 23% sean mujeres.
Apertura y cierre de ventanillas: El periodo de apertura y cierre de ventanillas será del 1º de febrero al 31 de octubre de 2020.

La Unidad Responsable podrá modificar estas fechas o establecer nuevos periodos de acuerdo con las necesidades del Programa, los ciclos productivos o casos de excepción que considere pertinentes, mismos que publicará en la página de la Secretaría.

Todos los detalles en Reglas de Operación.


Resumen Reglas de Operación de INAES 2020

03 febrero 2020
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Les compartimos un documento Resumido de las Reglas de Operación del Programa INAES 2020. 

Para disponer de la información mas rápida sobre todo de los Requisitos, tipos y modalidades de apoyo del Programa.



Convocatorias Apoyos de CONAFOR 2020

26 enero 2020
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Compartimos:
Apoyos CONAFOR 

El Gobierno de México apoya a dueños y poseedores de bosques, selvas, manglares, humedales y zonas áridas, para cuidar, mejorar y aprovechar sustentablemente los recursos forestales presentes en estos ecosistemas.


Programa apoyos para el desarrollo forestal sustentable

Convocatorias:

  • Convocatoria Específica - Componente II RFM2
  • Convocatoria Específica - Componente II RFM2
  • Convocatoria Específica - Componente IV
  • Convocatoria Específica - Componente IV
  • Convocatoria Nacional
  • Convocatoria Nacional
  • Convocatoria Regional - AAREDD
  • Convocatoria Regional - AAREDD+
  • Convocatoria Regional - MFCCV7 y MFCCV8
  • Convocatoria Regional - MFCCV7 y MFCCV8
  • Convocatoria Regional - Selva Lacandona
  • Convocatoria Regional - Selva Lacandona

Consultar todas las Convocatorias  en el siguiente enlace:





Convocatoria PROCODES 2020

24 enero 2020
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CONVOCA

Mujeres y hombres de 18 o más años de edad que conformen grupos organizados; Ejidos o Comunidades, y Personas Morales, que sean propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de los recursos naturales comprendidos en los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, enlistadas en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.

La Conanp a través del PROCODES otorgará apoyos directos para los siguientes conceptos:

• Estudios Técnicos:
I. Programas de desarrollo comunitario y/o microrregional.
II. Estudios de factibilidad técnica y económica.
III. Ordenamientos territoriales comunitarios y/o microrregionales.


• Cursos de capacitación:
I. Curso de capacitación para la gestión.
II. Curso de capacitación para aplicación de nuevas tecnologías.
III. Curso de capacitación en educación ambiental.


Proyectos:

I.- Proyectos de restauración de ecosistemas con fines productivos:
• Cultivos de cobertera.
• Establecimiento de barreras vivas y/o cortinas rompevientos.
• Centros de promoción de cultura ambiental
• Conservación y restauración de suelos.
• Construcción de presas y represas de gaviones.
• Construcción de represas de mampostería.
• Construcción de represas de piedra acomodada.
• Construcción de terrazas.
• Prácticas mecánicas.
• Plantaciones forestales.
• Enriquecimiento de acahuales.
• Compra, Construcción y manejo de estufas ahorradoras de leña.
• Ollas y/o hornos solares.
• Construcción de obras para el manejo y captación del agua.
• Pago por conservación de la agrobiodiversidad.

II.- Productivos:

• Proyectos ecoturísticos. 
• Establecimiento y mantenimiento de unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre. 
• Establecimiento y mantenimiento de plantaciones agroforestales. 
• Establecimiento de viveros forestales. 
• Establecimiento de huertos comunitarios. 
• Talleres para la transformación de recursos naturales. 
• Establecimiento de apiarios. 
• Atracadero para embarcaciones menores. 
• Cuarto frío. 
• Plantas para procesamiento primario. 
• Instalación de artes de cultivos marinos. 
• Jaulas para captura y cría de peces. 
• Centros de producción y reproducción acuícola. 
• Recuperación de suelo para uso productivo. 
• Certificación de la producción orgánica y de guías de turismo. 
• Transformación y comercialización del maíz criollo


2. Los requisitos están estipulados en el numeral 3.3.1 de las Reglas de Operación del PROCODES. 

3. El plazo para la presentación de solicitudes del PROCODES es de 20 (veinte) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Convocatoria. 

El formato de la solicitud se puede descargar en el portal electrónico de la Conanp, o bien acudir al domicilio de la Dirección Regional o del ANP correspondiente para que se le proporcione.



REGLAS de Operación CONAFOR 2020

17 enero 2020
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Les Compartimos; REGLAS de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020


Las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, tienen como objetivo general contribuir a que la superficie forestal, preferentemente forestal y temporalmente forestal sea protegida, conservada, restaurada e incorporada al manejo forestal sustentable, competitivo y participativo, mediante la ejecución de los componentes, conceptos y modalidades de apoyo definidos en los artículos 2 y 6 de las presentes Reglas. 


Asimismo, las presentes Reglas de Operación tienen como objetivo específico establecer las normas y procedimientos de aplicación general que deberán observarse en la operación, asignación y ejecución de los recursos federales a cargo de la CONAFOR y de los componentes, modalidades y conceptos de apoyo definidos en el artículo 2 y en el artículo 6 de las presentes Reglas.

Los componentes de apoyo, objetivos y personas elegibles para cada uno de éstos son los siguientes:

  • Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV):
  • Objetivo: Apoyar a las personas propietarias, legítimas poseedoras y habitantes de las zonas forestales para que implementen acciones que les permita fortalecer la gobernanza, el desarrollo de capacidades, sociales, técnicas, culturales, la transferencia de tecnología; la ordenación, cultivo, aprovechamiento y certificación de los recursos forestales maderables y no maderables; el fortalecimiento de los procesos de abasto, transformación y mercados de las materias primas y productos forestales; así como a las personas propietarias y poseedoras de terrenos temporalmente forestales o preferentemente forestales para el desarrollo de plantaciones forestales comerciales sustentables que contribuyan a incrementar la producción forestal del país. 
  • Personas elegibles: i. Personas físicas o morales propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales con aptitud de producción comercial sustentable clasificadas como productor tipo I, II, III, IV, y V; ii. Instituciones de educación e investigación registradas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas para estudios regionales forestales, ejidos, comunidades o sus empresas forestales, así como empresas forestales mixtas; iii. Personas físicas y morales, que sean propietarias o legítimas poseedoras de terrenos temporalmente forestales o preferentemente forestales, ubicados dentro de las áreas elegibles para plantaciones forestales comerciales definidas por la CONAFOR, y que se clasifiquen como plantadores iniciales, en desarrollo o permanentes; iv. Alumnos inscritos en el sistema educativo CECFOR. 
  • Componente II. Restauración Forestal de Microcuencas y Regiones Estratégicas (RFM) 
  • Objetivo: Apoyar proyectos de restauración forestal integral en microcuencas y regiones estratégicas del país con enfoque en el Manejo Integrado del Territorio (MIT), mediante prácticas que contribuyan a recuperar la productividad de los ecosistemas forestales degradados, así como generar empleo y mejorar el bienestar de los ejidos, comunidades, pueblos indígenas y pequeños propietarios de los terrenos forestales. 
  • Personas elegibles: Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales, cuyos terrenos presenten procesos de deterioro por la degradación de suelos, pérdida de vegetación forestal, alteración del ciclo hidrológico o áreas perturbadas por incendios o plagas forestales y desastres naturales.

  • Componente III. Servicios Ambientales (SA) 
  • Objetivo: Fomentar la conservación activa de los ecosistemas forestales mediante incentivos económicos a personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, que de manera voluntaria deciden incorporar áreas al pago por servicios ambientales, así como fomentar la concurrencia de recursos económicos y operativos entre la CONAFOR y partes interesadas en constituir mecanismos locales para apoyar áreas estratégicas que deban ser incorporados a esquemas de conservación activa para mantener la provisión de servicios ambientales. Lo anterior con el objeto de incorporar prácticas de buen manejo para promover la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas, y fomentar la provisión en el largo plazo de los servicios ambientales, tales como la captación de agua, el mantenimiento de la biodiversidad, la captura y conservación del carbono, y contribuir a la mitigación y adaptación de los efectos de cambio climático, en beneficio de la población. 
  • Personas elegibles: i. Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, cuyos predios mantienen una cobertura forestal en buen estado de conservación, incluyendo a los que tienen manejo y aprovechamiento forestal autorizado por la SEMARNAT; ii. Las personas físicas y morales, incluyendo los tres órdenes de gobierno, que sean usuarias de servicios ambientales, interesadas en participar en la creación o fortalecimiento de mecanismos locales de pago por servicios ambientales, mediante la aportación de recursos económicos, humanos y operativos.
  • Componente IV. Protección Forestal (PF)
  • Objetivo: Prevenir, combatir y controlar plagas e incendios forestales para reducir el deterioro de los diferentes ecosistemas forestales a nivel nacional mediante el otorgamiento de apoyos para tratamientos fitosanitarios, atención de contingencias fitosanitarias, brigadas de saneamiento forestal y brigadas rurales de incendios forestales.
  • Personas elegibles: i. Personas físicas o ejidos y comunidades propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales que carezcan de recursos económicos y estén obligadas a realizar los trabajos de saneamiento forestal; iii. Entidades federativas y municipios.
Todos los detalles den Reglas de Operación