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REGLAS de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2019.
V. Componente Servicios Ambientales (SA)
Objetivo: Fomentar la conservación activa de los ecosistemas forestales mediante incentivos económicos a personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, que de manera voluntaria deciden incorporar áreas al pago por servicios ambientales, así como fomentar la concurrencia de recursos económicos y operativos entre la CONAFOR y partes interesadas en constituir mecanismos locales para apoyar áreas estratégicas que deban ser incorporados a esquemas de conservación activa para mantener la provisión de servicios ambientales. Lo anterior con el objeto de incorporar prácticas de buen manejo para promover la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas, y fomentar la provisión en el largo plazo de los servicios ambientales, tales como la captación de agua, el mantenimiento de la biodiversidad, la captura y conservación del carbono, mismos que benefician a centros de población.
Personas elegibles: i) Personas propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales definidos como elegibles, cuyos predios mantienen una cobertura forestal en buen estado de conservación, incluyendo a los que tienen manejo y aprovechamiento forestal autorizado por la SEMARNAT; ii) Las personas físicas y morales, incluyendo los tres órdenes de gobierno, que sean usuarias de servicios ambientales, interesadas en participar en la creación o fortalecimiento de mecanismos locales de pago por servicios ambientales, mediante la aportación de recursos económicos, humanos y operativos.
VI. Componente Plantaciones Forestales Comerciales (PFC)
Objetivo: Fomentar el establecimiento y mantenimiento de Plantaciones Forestales Comerciales para contribuir a incrementar la producción y productividad forestal del país.
Personas elegibles: Personas físicas, morales y jurídico-colectivas (ejidos y comunidades), que sean i) Propietarias o legítimas poseedoras de terrenos temporalmente o preferentemente forestales, ubicados dentro
de las áreas elegibles definidas por la CONAFOR publicadas en su página de internet y, en su caso, en las Convocatorias correspondientes; ii) Titulares de un aviso o autorización vigente para el establecimiento de Plantaciones Forestales Comerciales y en su caso, las personas que hubieran establecido Plantaciones Forestales con fines Comerciales sin apoyos gubernamentales; iii) Fondos de aseguramiento de plantaciones forestales comerciales legalmente constituidos.
VII. Componente Contingencias Ambientales Forestales (CAF)
Objetivo: Prevención, combate y control de plagas e incendios forestales para reducirlas a niveles ecológicamente aceptables en los diferentes ecosistemas forestales a nivel nacional mediante el otorgamiento de apoyos para tratamientos fitosanitarios, atención de contingencias fitosanitarias y brigadas rurales de incendios forestales.
Personas elegibles: i) Personas físicas o morales propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales y preferentemente forestales que carezcan de recursos económicos y estén obligadas a realizar los trabajos de saneamiento forestal; ii) Personas morales que, sin ser propietarias o legítimas poseedoras de terrenos forestales, tienen entre sus funciones actividades de protección forestal; iii) Asociaciones Estatales y Regionales de Silvicultores; iv) Asociaciones Civiles que dentro de sus funciones las actividades de protección forestal, tal es el caso de la sanidad forestal; v) Entidades Federativas y Municipios.